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Iniciativa para declarar a las pandillas como terroristas obtiene dictamen

La propuesta fue envidada por el presidente Alejandro Giammattei.

La Comisión de la Defensa Nacional del Congreso emitió dictamen favorable a la iniciativa de ley 5692, la cual busca realizar reformas al Código Penal para declarar a las pandillas como terroristas.

Esta propuesta fue presentada por el presidente Alejandro Giammattei. El pleno del Legislativo conoció la misma el 28 de enero y la trasladó a dicha sala de trabajo que destacó su aval para que, nuevamente sea trasladada al pleno.

Giammattei sanciona reformas a Ley de Oenegés

Análisis

En el oficio trasladado por la Comisión de la Defensa Nacional, se destacó “estimar la inminente necesidad de reformar el Código Penal, puesto que se atiende la necesidad de regular la conducta antisocial de las pandillas criminales y buscar una respuesta para evitar la proliferación de estas agrupaciones ilegales, buscando la paz y tranquilidad de la población guatemalteca”.


El documento está firmado por el presidente de esta sala de trabajo, José Ubico, así como de los diputados Felipe Alejos, Cornelio García, Aníbal Samayoa, Gustavo Cruz, Erick Martínez, Jorge Castro y de otro diputado quien no colocó su nombre después de su firma.

Iniciativa para declarar a las maras como terroristas trasladada a comisiones del Congreso

Propuesta

En la referida iniciativa enviada por Giammattei se hace referencia adicionar el artículo 391 Bis del Código Penal, el cual destaca como Terrorismo con fines de desorden público social.

Ministerio de Salud llama a la calma ante el coronavirus

En este se explica: “Quien con el propósito de transgredir la paz social o el orden público del Estado, se organice, constituya o pertenezca a grupos criminales caracterizados por su territorialidad, alta criminalidad y simbología, ejecutare actos contra la vida, integridad, seguridad y bienes de las personas, dañe o se apropie injustamente de propiedad privada o pública, atente contra la salud pública o la seguridad ciudadana, realice acciones intimidatorias o de coacción en forma pública con finalidad patrimonial en contra de personas individuales y jurídica, comercio o servicios públicos, será sancionado con prisión de seis a doce años inconmutables, sin perjuicio de las penas asignadas a los delitos cometidos”.

También indica que “igual sanción corresponderá a quienes promueven, financien o se beneficien directamente de las actividades que realicen estos grupos criminales”. “La pena se aumentará en una tercera parte a los jefes, cabecillas, líderes o dirigentes de estos grupos criminales”.

Escuche el reporte de Francisco Pérez ▼

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