18 abril, 2024 | 1:37 pm
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En este punto se encuentra el caso TCQ, ¿se resolverá?

Lo que uno se pone a pensar es en que, ¿para qué iban a destinar esa terminal? Iba a ser un puerto para exportación e importación de bienes ilícitos.

En qué etapa se encuentra el proceso que se sigue por el contrato de usufructo oneroso a la empresa TCQ, que fue declarado lesivo para el Estado.

Anabella Morfín, Procuradora General de la Nación (PGN), comentó en el programa A Primera Hora, pormenores del asunto.

De acuerdo con la funcionaria el contrato de usufructo oneroso que el Estado firmó con la empresa Terminal de Contenedores Quetzal (TCQ) ha sido declarado nulo en forma absoluta por la Sala que conoció el proceso de la PGN. “Ahora nos encontramos en el proceso de casación para resolver en definitiva”, explicó.

  • Lo que esperaría el Estado es la definición del derecho a cobrar y que se declare su derecho a daños y perjuicios en este proceso. No compartimos el fallo de la Sala que expresó que no había derecho de daños y perjuicios cuando esto proviene de la declaratoria de nulo al usufructo oneroso.

¿A quién debería cobrársele los daños y perjuicios?

  • De acuerdo con Morfín, cuando alguien compra algo, lo compra con todo lo que posee. Por lo tanto ATM Terminals debería reclamarle a la empresa que le ha vendido.

¿En qué punto está la TCQ?

  • En casación. Ya hay una sentencia en la cual se ordena la nulidad absoluta del contrato con TCQ. Si la Empresa ATM Terminals estuviera interesada en seguir operando en el país, tendría que hacerlo por una concesión directa por parte del Congreso.

¿La concesión es el camino?

  • No encuentro otra forma. La ley establece que si hay una concesión… hay una situación en que la empresa AMP Terminals no fue la que incurrió en los delitos que determinaron la nulidad, y considero que el Congreso podría establecer las condiciones en que podría entregar la concesión a la empresa.

¿Cuáles son los escenarios con la casación?

  • Que se confirme la nulidad del contrato de usufructo oneroso y se condene a la empresa TCQ al pago de daños y perjuicios. La consecuencia es que vuelvan las cosas a como estaban antes y el Estado debería pagar los costos de la inversión que TCQ ha hecho en el puerto.

¿Cuando le costaría al Estado pagarle a la empresa?

  • La empresa ha invertido unos US $180 millones. El Estado debería pagar esa cantidad porque solo entregó el terreno. No sé la capacidad de pago que tenga el Estado, pero declaraciones de la SAT y los ministerios de Finanzas y Economía señalan que para el Estado es de suma importancia el funcionamiento de esa terminal, por esa tecnología y su posición entre México y Panamá.
  • El problema es que hubo vicios declarados por un tribunal que podrían ser considerados en la Corte por la casación, y que podría tener criterios distintos.

Podría existir el riesgo de un  litigio internacional

  • Los bienes que están instalados en esa fracción de terreno en Puerto Quetzal están aportados a un fideicomiso a favor de tres bancos que le proporcionaron los créditos a TCQ. El caso podría entrar en un litigio por la garantía que existe. Para el caso de Guatemala el banco fiduciario es el G&T Continental.
  • Tengo que ser realista. Eso puede provocar un arbitraje internacional que podría traer un costo alto para el Estado y también la construcción de esa terminal es espuria porque afecta los intereses del Estado.

¿Por qué si hay una sentencia, seguimos analizando esos escenarios?

  • Porque la sentencia no está firme, y en tanto eso no se resuelva en definitiva, el contrato sigue siendo válido. Además, el Estado no es parte del fideicomiso. Entonces, no se pueden embargar esos bienes porque no pertenecen a la empresa demandada.

¿Respaldar negocio con TCQ es respaldar la corrupción?

  • Cuando ATM compró las acciones de TCQ a TSB, compraron 11 puertos en Latinoamérica, entre los cuales estaba el caso de Guatemala. Además, contribuyó con la Cicig y el MP con información para el proceso. Presentaron auditorías forenses para proveer detalles para la investigación. Creo que fue una adquirente de buena fe.
  • Asimismo plantearon una posibilidad a la reparación al Estado en cuanto a lo que se había entregado en coimas,US $43.5 millones, para ser invertidos en la lucha contra la corrupción y programas sociales. US $33 millones por los sobornos y US $10 millones más para programas de ayuda social.
  • Hubo una disposición a cambiar las condiciones que se habían negociado en el usufructo oneroso, en cuanto a que las grúas le quedaran al Estado cuando finalizara el contrato y no como estaba antes, que la empresa tenía derecho a llevárselas.

Juan Carlos Monzón decía que se la hablaba del 30 millones, el pensó que era en quetzales, pero se sorprendió cuando supo que eran dólares…

  • Lo que uno se pone a pensar es en que, ¿para qué iban a destinar esa terminal? Iba a ser un puerto para exportación e importación de bienes ilícitos.

AMP debería cobrarle a TSB y no a Guatemala…

  • Es parte de lo que estamos viendo en el proceso.

¿Por qué se plantea la casación?

  • Porque hay dos declaraciones en la resolución: La abstención que hizo la Sala de pronunciarse sobre daños y perjuicios, y una declaratoria de que la empresa había actuado de buena fe.
  • No puede ser eso cuando el origen del contrato es espurio y es eso lo que deriva en que se declare lesivo ese contrato.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

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