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CC deja en suspenso la resolución de la CSJ que rechazó antejuicio contra Sandra Torres

La CSJ deberá argumentar nuevamente si procede o no dar trámite a la acción de antejuicio planteada contra Sandra Torres.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvieron amparar provisionalmente a la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI)  en contra de la decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que el pasado 27 de febrero rechazó sin entrar a conocer, la solicitud de antejuicio en contra de la candidata presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Sandra Torres.

Con cuatro votos a favor y un voto razonado disidente del magistrado Neftaly Aldana, la alta corte, decidió declarar con lugar el amparo presentado por la FECI del Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y dejó en suspensó la resolución de la CSJ de rechazar in limine, la solicitud de antejuicio contra Torres.

La CSJ deberá argumentar nuevamente si procede o no dar trámite a la acción de antejuicio planteada contra la candidata presidencial del partido UNE, Sandra Torres y los actuales diputados de ese partido político, Karina Paz, Julio Ixcamey, Estuardo Vargas y Jairo Flores, implicados en la investigación en el caso denominado “Traficantes de Influencias”.

La CSJ podrá entrar a conocer de nuevo el amparo hasta que la CC otorgue un amparo en definitiva, el cual podría demorar hasta 15, en función de las audiencias que las partes interesadas evacúen ante la alta corte constitucional.

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Acción de la FECI

La solicitud de retiro de inmunidad presentada por la FECI  en contra de Torres, fue declarada sin lugar a finales de febrero pasado, por la CSJ, por lo que la acción fue objetada por el Ministerio Público (MP).

Los integrantes de la CSJ rechazaron, in limine, la petición de la Fiscalía al considerar que no había indicios suficientes.

La Fiscalía presentó una solicitud de antejuicio contra la candidata Sandra Torres, a quien señala de financiamiento electoral no reportado y otros delitos cometidos durante la campaña electoral de 2015.

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La CSJ, entre sus argumentos, destacó que el delito de financiamiento electoral no registrado “no puede ser atribuido a los antejuiciados porque el mismo entró en vigencia en 2018”, mientras que los hechos denunciados por dicha fiscalía “se cometieron en 2015”.

La Corte argumentó que “se estaría Usando un tipo penal no vigente a los hechos narrados por la fiscalía”.

¿Resolución engañosa?

A juicio del movimiento Justicia Ya, la resolución de la CC es engañosa porque formalmente otorga el amparo provisional en favor del MP y Cicig, pero en el fondo sólo busca ganar tiempo en beneficio de Sandra Torres.

Según ellos, la resolución no ordena una nueva resolución.

Caso

Las solicitudes de antejuicio planteadas por la FECI contra Torres, así como los diputados, surgen de la investigación “Traficantes de Influencias”.

Los Q19.5 millones que supuestamente sirvieron para la campaña de la UNE en 2015, según las pesquisas, fueron canalizados mediante tres empresas, lo cual no fue reportado al Tribunal Supremo Electoral(TSE).

Posteriormente, se filtraron audios, los cuales supuestamente evidencian que Torres conversa con Gustavo Alejos acerca de un posible financiamiento de Q40 millones.

Esos recursos no fueron reportados por la UNE al Tribunal Supremo Electoral  aseguró el MP.

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