23 abril, 2024 | 12:20 am
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Un video pone en aprietos al presidente Jimmy Morales; expertos analizan el caso

Si se tenía la evidencia, es importante que se explique porque el video surge en este momento.

En el programa A Primera Hora se realizó un análisis de un  video que subió en su cuenta de Facebook el presidente Jimmy Morales, pero que días antes había sido publicado en una de Twitter por una persona que los obtuvo, según ella, de un exempleado de la Secretaría de Asuntos Administrativos de la Presidencia (SAAS).

El mandatario lo publicó “como prueba” de un allanamiento “ilegal” que el Ministerio Público habría ejecutado en Casa Presidencial. En él se muestra el momento cuando ingresaron los fiscales al lugar. Además, se narra lo ocurrido desde el punto de vista del mandatario.

Por su parte, el Ministro de Gobernación ordenó una investigación interna por allanamiento en Casa Presidencial.

¿Cuál es el protocolo en un allanamiento? ¿Según el video publicado del allanamiento en Casa Presidencial, habría ilegalidad en el operativo? ¿Cómo se considera que existe un abuso de autoridad en un allanamiento? ¿Qué recursos se utilizan en un allanamiento? ¿Quiénes deciden qué autoridades participan en un operativo?

Para responder a esta y otras interrogantes, A Primera Hora invitó a Francisco Jimenez, exministro de Gobernación y exinvestigador asociado del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), y a Julio Prado, exfiscal especial Contra la Impunidad e investigador del instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG).

Francisco Jiménez

¿Cómo analizar el video en cuestión?

Hay dos formas de ver un video: Uno: Escuchando la narrativa; Dos, sin escuchar la narrativa. Sin narrativa, solo con imágenes uno se puede imaginar que es un allanamiento. Solo con ver las imágenes se puede ver una marcada situación de tensión, que yo no determinaría como grave.

Hay tensión, pero no hay agresividad. La tensión se ve cuando cierran la puerta, los funcionarios del MP empujan a la seguridad y entran al local. Solo ver imágenes se complica una duda razonable de un hecho delictivo.

Se ha ordenado una investigación interna

Por un lado es una evidencia visual de algo que ocurrió meses atrás. Ningún ciudadano que  tenga duda que haya delito, es difícil que tenga justificación de resguardar la evidencia y después hacer una denuncia. Si efectivamente quienes muestran ese video y hay duda razonable de que hubo delito lo presentan, es algo que tienen qué responder quienes lo guardaron.

La diferencia aquí está en las declaraciones del Presidente y las del vocero presidencial. Si se tenía la evidencia, es importante que se explique porque el video surge en este momento.

Si el MP está de por medio en esta situación, cómo voy a hacer una denuncia en la institución que está involucrada.

Seguir protocolos o solicitar autorización

No podemos pretender que el MP haga una llamada 24 horas antes y decir que hará un allanamiento. Entonces ya no es allanamiento. Este procedimiento tiene como característica el elemento sorpresa.

Hay que hacer una reflexión de lo que significa el uso de la fuerza en un allanamiento, porque una cosa es empujar para ingresar y otra el uso excesivo de la fuerza para empujar. Algunas veces la fuerza será necesaria para la captura de un caso de homicidio o está en juego la seguridad de una persona, pero este no es el caso.

Si no hay un protocolo, es el momento para que el MP analice la posibilidad de tenerlo.

¿Por qué presentar el video hasta ahora?

Es inevitable no hacer la relación en cuanto hay objetivos de carácter político para desviar la atención sobre la denuncia de financiamiento electoral ilícito del Presidente, y el judicial con el fin de crear condiciones para solicitar la salida del Comisionado y de la Cicig.

Hay que recordar que los fiscales tienen un elemento de autonomía relativa con relación a las decisiones centrales de la Fiscalía General.

¿Qué papel juega el Consejo de Seguridad?

El anuncio de la investigación se dio en el marco de que es un tema de seguridad nacional, por dudas razonables de las autoridades. Convertir eso en seguridad nacional es algo que hay que reflexionar.

Yo tengo mis dudas de que el caso cumpla con las características de un problema de seguridad nacional. Se quiere darle una dimensión más grave de lo que ya tiene.

¿Y si el Presidente pide perdón?

Reconocer que se ha cometido un error es la cualquier salida. Podría ser una solución al problema. Pero es una condición de convencimiento personal. Aunque estas salidas son las mejores, no son las mejor consideradas en estas situaciones.

A mí me preocupa porqué declaran este tema de seguridad nacional, porque hablamos del concepto de reserva. Esto tiene complicaciones para la investigación, sino para la aclaración a la ciudadanía. Es necesario llamar a la transparencia.

La ley no aplica que el Consejo Seguridad Nacional deba calificar algo en reserva, porque sería más complicado.

Julio Prado

¿Diecisiete meses después?

Lo estaban guardando y hay un problema, porque si ellos creían que había delito, lo ideal es que lo hubieran denunciado de inmediato, cosa que no pasó.

Es evidente que para ellos es una cuestión grave, y lo estaban guardando para momentos tan oportunos como para esta semana tan convulsa.

¿Hubo omisión de denuncia… se puede actuar de otra forma?

Al final ya lo hicieron público. Ya no hay omisión. Se puede actuar de otra forma. El MP se rige con el CPP, uno como fiscal es delegado del juez, pero esa autoridad tiene un límite, no puede haber uso de la fuerza, al menos que alguien se oponga violentamente.

El CPP permite al MP y a las fuerzas policiales pueden ingresar siempre y cuando haya autorización de las autoridades institucionales, no se necesita, incluso orden judicial.

Protocolos estrictos en el MP no hay. En este caso tiene varias opciones. Llegar así porque tiene miedo de que la información se puede perder, pero también puede pedir autorización a las entidades que ahí se alojan y solicitar la información para que la tengan lista.

¿Quién debería investigar este caso?

El Código Procesal Penal permite nombrar fiscales especiales que estén fuera del MP y que estén fuera de este caso como tal.

La población tiene razón de que esto es un show. Sobre todo que la agenda del Ejecutivo se centre en este punto cuando hay otros puntos más importantes que resolver en el país.

Esto está lejos de que encaje en la Ley de Orden Público para un estado de excepción. Espero el uso de la racionabilidad del Ejecutivo pensando en el bienestar del país.

Agregar el tinte político pone al país en una situación bastante riesgosa. Está agravando su situación.

El artículo 193 del CPP dice que entre los lugares que se pueden prescindir de un allanamiento están las en oficinas públicas o los edificios públicos.

¿Reserva del caso?

La reserva solo la puede declarar un Juez, la SAAS y otra oficina pública se deben a la transparencia.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

https://soundcloud.com/user-642794698/2018-04-24-aph-primer-bloque-del-programa-a-primera-hora

https://soundcloud.com/user-642794698/2018-04-24-aph-segundo-bloque-del-programa-a-primera-hora

https://soundcloud.com/user-642794698/2018-04-24-aph-tercer-bloque-del-programa-a-primera-hora

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