26 abril, 2024 | 8:14 am
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¿Está desobedeciendo el Presidente un fallo constitucional?

Luego de que la Corte de Constitucionalidad (CC) amparó de forma provisional al abogado Alfonso Carrillo, el presidente Jimmy Morales, emitió un mensaje a la nación en el que ratificó su declaratoria de non grato al jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), Iván Velásquez.

La CC notificó a los ministros de la Defensa, de Gobernación y Relaciones Exteriores no ejecutar la orden de expulsión del Comisionado, con lo cual dejó en suspenso la decisión presidencial.

El exmagistrado de la CC, Roberto Molina Barreto, y la abogada Ilze Alvarado, analizan, desde los ángulos jurídicos y políticos, las repercusiones que este caso podría tener.

Otros personajes y organizaciones sociales también han presentado solicitudes de antejuicio contra el mandatario.

Roberto Molina Barreto

¿Qué podría pasar en adelante?

Sigue siendo una situación complicada. La pausa la puso la CC y eso solo tendrá un fin cuando se dicte una sentencia para saber si se otorga de forma definitiva el amparo, que tomó vigencia en forma provisional.

Mientras tanto sólo habrá desgaste político nacional e internacional para Guatemala. Lo que esperaría es que esto no refleje expresiones de enemigos de la democracia y que haya un aprovechamiento del rompimiento del orden constitucional.

Lo que se hizo, equivocado o no, debe encontrar una salida política para lograr el orden institucional. Espero que esto no desemboque en un aprovechamiento para causar daño a la institucionalidad del país.

Ya lo vivimos en el pasado, cuando hay una presión nacional e internacional, un gobernante se siente acorralado y se retira su cargo.

Quórum. ¿Por cuántos magistrados debe estar compuesta la sala para resolver en definitiva?

Cinco magistrados. Es amparo en única instancia contra el Presidente. Es una resolución que, se esté o no de acuerdo, debe de acatarse. No pude incumplirse, porque puede tener graves consecuencias legales personales e institucionales.

¿Detecta usted desobediencia en las actuaciones del Presidente?

No. La desobediencia se daría solo si, por alguna fuerza pública, Velásquez hubiera sido expulsado. En su mensaje, el Presidente manifestó su desacuerdo con la Corte, pero no ejecutó la expulsión.

¿Pensar en una desobediencia…? tenemos que tener seriedad con nuestras opiniones. El amparo está otorgado, la decisión está suspendida, la orden presidencial no se ejecutó.

La implantación de un estado de sitio

Eso sería lamentable… restringir derechos constitucionales por eso sería muy grave. Si hubo un error político hay que enfrentarlo y asumirlo con responsabilidad, respetando todas las garantías constitucionales.

La CC debe analizar inmediatamente el proceso e informar si revoca o no ese amparo.

¿Es ilegal la medida del Presidente?

No es ilegal, puede haber algún error de procedimiento.

¿El Presidente debe actuar siempre acompañado de su gabinete?

No. Él puede actuar en Consejo de Ministros o separadamente, con el Ministro de competencia.

Ilse Álvarez

La CC es el máximo ente que interpreta las leyes, no existe otro foro en donde podamos analizar las resoluciones. Está apegada de acuerdo a los expedientes. Tendríamos que decir que la resolución es legal y vigente porque lo emitió un cuerpo colegiado y hay que acatarla bajo los apercibimientos legales descritos, de acuerdo a la Ley de Amparo.

¿Hay desobediencia del Presidente?

Lo más importante es que el Presidente hizo una alocución en la que se coincide en que hay una desobediencia abierta. No puede el Presidente desatender la instrucción de la CC como máxima autoridad.

El Presidente ya está en desobediencia. El ponente del amparo debería pedir la resolución del amparo por incumplimiento evidente, basado en la publicación mediática que hizo el mandatario

A la que le corresponde analizar el alcanza de lo que el Presidente hizo, con su mensaje,  es a la CC, a solicitud de interponente del amparo.

El Presidente reiteró su decisión de declarar non grato a Iván Velásquez. La CC liberó órdenes específicas a ministros específicos para que no ejecuten la orden del Presidente.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

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