Comunicaciones logró una victoria en la cancha, pero fuera de ella sufrió una derrota administrativa. El pasado domingo, el equipo crema se impuso 2-1 ante Malacateco en un partido correspondiente a la Liga Nacional de Guatemala. Sin embargo, un incidente protagonizado por un sector de su afición generó consecuencias que llevaron al club a recibir una multa por parte del Órgano Disciplinario de la Liga.
El incidente ocurrió al minuto 63 del encuentro, cuando miembros de la barra brava de Comunicaciones, conocida como Vltra Svr, intentaron ingresar al terreno de juego. La rápida intervención del personal de seguridad privada y de la Policía Nacional Civil evitó que los aficionados lograran su cometido, aunque el partido tuvo que ser detenido momentáneamente.
Multa de 20 mil quetzales para Comunicaciones
El árbitro del compromiso, Cristopher Corado, detalló en su acta arbitral lo sucedido:
"El encuentro fue detenido momentáneamente al minuto 62, ya que aficionados plenamente identificados del equipo de Comunicaciones FC abrieron la puerta de acceso al terreno de juego de la general norte, teniendo como objetivo invadir el terreno de juego. Tuvo que intervenir como prevención la Seguridad Privada y la Policía Nacional Civil, cerrando la puerta y reanudándose el encuentro al minuto 64."
Tras evaluar los hechos, el Órgano Disciplinario de la Liga Guate Banrural determinó que Comunicaciones incumplió con los protocolos de seguridad establecidos en el Reglamento de Competencia. Como consecuencia, el club fue sancionado con una multa de 20 mil quetzales.
El comunicado oficial de la liga indica:
"Este Órgano, conforme a las facultades conferidas en los estatutos de la entidad y con base en lo regulado en los artículos 51, literal a), numeral 51.2, del Reglamento Disciplinario de la LIGA GUATE BANRURAL de la República de Guatemala, al resolver, declara: SANCIONAR a la entidad denominada COMUNICACIONES FUTBOL CLUB, S.A., con una multa de VEINTE MIL QUETZALES (Q. 20,000.00), por no cumplir con cualquiera de las obligaciones y requisitos de seguridad establecidos en el artículo 25 del Reglamento de Competencia y diere lugar a situaciones de riesgo y/o violencia."