La Corte Suprema de Justicia de Argentina determinó que quienes espíen el Facebook, el correo electrónico o la lista de contactos del teléfono celular a su pareja estarán incurriendo en un delito federal.
Luego que una mujer denunció a su pareja por una supuesta situación de celos enfermizos, la Corte aprobó la nueva norma.
La expareja de la mujer ingresó a su usuario de Facebook y a su correo electrónico, y además obtuvo los datos de sus contactos del teléfono celular, copiado su tarjeta SIM”.
Un juez rechazó la denuncia, ya que era de interés estrictamente individual; pero el procurador general adjunto Eduardo Casal, se opusó.
“El usuario de la red social y el correo electrónico constituyen una comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido”, expresó el procurador.
El expediente se elevó hacia la Corte Suprema de Justicia, máxima autoridad judicial de ese país que le dio la razón al procurador.
De esta forma, resolvió que la Justicia Federal debe tratar estos casos y sentó un precedente en la jurisprudencia local.