Redacción. Edwin Palacios.
La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones declaró sin lugar un antejuicio en contra del alcalde metropolitano, Álvaro Arzú Irigoyen, presentado por el Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) que acusaron al funcionario de incurrir en delitos al supuestamente contratar a la empresa Torre Fuerte, propiedad del militar Byron Lima Oliva, para apoyo de su campaña electoral, para lo cual habría usado fondos de la comuna capitalina.
Al momento de resolver, los magistrados de la sala tomaron en consideración varios aspectos, entre ellos, que los interponentes no pudieron comprobar que en los hechos denunciados hubiera una participación directa del alcalde metropolitano, fue una acusación espuria, es decir, ilegítima, indicaron.
También consideraron el testimonio de Sarahí Reyes, pareja de Lima, quien aportó pruebas de la contratación de plazas fantasma, es un testimonio que no está apegado a la verdad y que hubo por parte de ella una adulteración de hechos, por lo que no se tomó en cuenta, dijeron los magistrados.
Si bien la cooperativa Torre Fuerte pudo elaborar objetos para la campaña electoral de Alvaro Arzú, no se comprobó que el alcalde haya dado órdenes directas para contratar a la cooperativa, pues hubo comunicación entre el militar y otras personas de la comuna, pero no con el alcalde capitalino, añade la resolución.
Un punto más tomado en cuenta por los magistrados fue el de las interceptaciones de llamadas telefónicas, pues en las mismas se estableció que hubo comunicación entre el militar y otras personas, pero nunca con el alcalde Arzú, a quien nunca se menciona en las llamadas.
Horas antes de la resolución, la fiscal general, Thelma Aldana, había manifestado que si se declaraba sin lugar el antejuicio, se acudirá ante la Corte de Constitucionalidad para tratar de revertir el fallo y que hay otras investigaciones en contra del alcalde capitalino.