Buses de empresas deben portar copia de formulario y autorización
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Transporte de personal debe contar con copia del formulario y la autorización emitida por el Mineco

Transporte de trabajadores también debe cumplir con horario de toque de queda.

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El Ministerio de Economía (Mineco) informó que los pilotos de buses de las pequeñas, medianas y grandes empresas deben portar copia del formulario y la autorización para operar de esa cartera.

Los documentos deben ser colocados en el vidrio frontal de la unidad.

Requisitos adicionales

Al autorizarse el formulario las empresas estarán obligadas también a cumplir las siguientes medidas:

    • Facilitar alcohol en gel a todos sus empleados.

      Asegurar los servicios sanitarios para todos sus empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.

      Brindar información a sus empleados relacionada con la prevención de contagio del coronavirus COVID-19

      Facilitar servicios de salud en la planta de producción para sus empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional. .

      Nombre del responsable de los servicios médicos.

      Disponer del listado de empleados, con direcciones y teléfonos, para asegurar la trazabilidad en caso algún empleado presente síntomas relacionados con el COVID-19.

      Comunicar inmediatemante a los teléfonos 1517 o 1540 la presentación en algún empleado de síntomas relacionados con el COVID-19 y facilitar la atención médica necesaria, de conformidad con los protocolos comunicados por las autoridades gubernamentales.

  • Facilitar alcohol en gel a todos sus empleados.
  • Asegurar los servicios sanitarios para todos sus empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.
  • Brindar información a sus empleados relacionada con la prevención de contagio del coronavirus COVID-19
  • Facilitar servicios de salud en la planta de producción para sus empleados, de conformidad con el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional. .
  • Nombre del responsable de los servicios médicos.
  • Disponer del listado de empleados, con direcciones y teléfonos, para asegurar la trazabilidad en caso algún empleado presente síntomas relacionados con el COVID-19.
  • Comunicar inmediatemante a los teléfonos 1517 o 1540 la presentación en algún empleado de síntomas relacionados con el COVID-19 y facilitar la atención médica necesaria, de conformidad con los protocolos comunicados por las autoridades gubernamentales.

Toque de queda

El Mineco llama a las empresas que obtuvieron permisos para transporte de sus empleados a que cumplan las restricciones de horario del toque de queda, vigente desde el domingo por la emergencia del coronavirus (COVID-19).

El sábado, el presidente Alejandro Giammattei, a través del Decreto Gubernativo 6-2020, dispuso la aplicación de un toque de queda desde las 16:00 horas a las 4:00 horas del día siguiente, que estará vigente hasta el 29 marzo.

Las personas transportadas deben portar gafetes de identificación de las empresas.

Al momento, el Mineco ha autorizado a 9 mil empresas para mantener sus actividades productivas y para la contratación de transporte particular que lleve a sus trabajadores.

 

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