26 abril, 2024 | 7:17 am
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.

Yosi Sideral

90.1 FM

Atmósfera

96.5 FM

La Tronadora

104.1 FM

Kiss

97.7 FM

La Grande

99.3 FM

Nueva Fabuestéreo

88.1 FM

Guatemala

89.7 FM
Nacionales

Titular de Senabed explica proceso de extinción, tras hallazgo de Q122 millones

En un operativo de la FECI se encontró la fuerte suma de dinero en un inmueble ubicado en Antigua Guatemala.

La semana pasada, la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) realizó un operativo en Antigua Guatemala, Sacatepéquez, que dejó como resultado el decomiso de Q122.3 millones en efectivo.

Hasta ahora se desconoce el origen de los fondos, aunque se presume que provendrían de acciones de corrupción. Las investigaciones están en desarrollo.

Pese a ello, han surgido pronunciamientos sobre el destino que se le podría dar al dinero si pasara a favor del Estado.

El titular de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed), Jorge Mario Andrino, se refirió al tema durante el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas.

El funcionario señaló que es un poco preliminar hacer estas consideraciones, en virtud de que todavía el proceso es muy reciente. “Está en este momento en un mecanismo en donde el MP evalúa todas las hipótesis en cuanto al origen de los fondos”, dijo.

Indicó que aunque la percepción dice que no tendrían un origen lícito, se debe seguir el mecanismo que la ley establece.

Este incluye que inicialmente el MP haga un peritaje previo sobre el tema y si hay un indicio que determine que es de fuentes ilícitas, se inicia un proceso de extinción de dominio.

Para ello también se da un espacio en el que alguna persona puede hacer un reclamo sobre lo decomisado, y dar a conocer si su tenencia cuenta con una justificación legal. Situación que, a su criterio, sería compleja tomando en cuenta el monto recuperado.

Entonces, ante el juzgado de Extinción de Dominio se sigue el proceso hasta que el juez determine si efectivamente el dinero pasa a favor del Estado, o bien si debe devolverse a donde corresponde si se justificó que era lícito.

Acerca del procedimiento sobre la suma millonaria hallada en Antigua Guatemala, Andrino informó que está en una etapa en donde no se le ha entregado formalmente a la Senabed, pues antes el MP hace regularmente la investigación y debe tener pruebas periciales.

“Se determinan las líneas de investigación y posteriormente se le requerirá al juez que haga una medida cautelar sobre esos bienes”, dijo.

El proceso de extinción de dominio se inicia y si se otorga esa medida cautelar, esos bienes pasarían temporalmente a la Senabed a la espera de que se termine el proceso judicial y se determine el destino del dinero.

“Ya cuando un juez permita otorgar una medida e iniciar el proceso de extinción de dominio, se podrá tener una mejor visión”, enfatizó.

Resaltan trabajo de la FECI tras decomiso millonario en Antigua Guatemala

Manejo de efectivo y otros bienes

Andrino indicó que la Ley de Extinción de Dominio surgió con la idea de quitar a las personas que se dedican a temas ilícitos todo su proceso de financiamiento.

Y, de la misma manera, devolver esos fondos a las entidades que se dedican al tema de investigación, entre estas, el Ministerio Público, el Organismo Judicial y la Policía Nacional Civil, para que puedan seguir colaborando con el mismo esfuerzo.

En tanto, la Senabed es la que se encarga de manejar los bienes muebles, inmuebles y dinero incautado, del que se sospecha su origen ilícito.

La ley establece el procedimiento y si están bajo medidas cautelares, se da una administración temporal de parte de esa institución, indicó Andrino.

En ese período, estos deben ir a inversión económica que produzca rendimientos y los mismos sean aprovechados por las referidas instituciones, mientras el proceso de extinción concluye.

Asimismo, señaló que en los temas financieros hay una obligación de invertir el dinero incautado en bancos del sistema para que eventualmente pueda producir un efecto parcialmente inmediato en lo que se tiene una resolución, aseguró.

Estos son los resultados de la Unidad de Extinción de Dominio en 2019

También hay bienes que están en proceso de extinción de dominio y que todavía se encuentran bajo medida cautelar, incluidos muebles, inmuebles y vehículos, que la secretaría administra.

En donde, en ciertos casos, con autorización del Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Conabed), se procede a monetizar para encontrar fuentes de financiamiento.

Y cuando está extinguido por el tribunal y se encuentra bajo efecto de cosa juzgada, en sentencia firme, entonces procede a su monetización, que es la función principal de estos bienes que están extinguidos a favor del Estado, resaltó el entrevistado.

En cuanto a la llegada del dinero al sistema bancario, el funcionario señaló que hay ciertas variables que se toman en cuenta.

El procedimiento operativo señala que casi siempre va a una bóveda del Banco de Guatemala y espera la decisión del juez para hacer este proceso.

“Esto no toma mucho tiempo. Se traslada ya con órdenes judiciales y con toda la información correspondiente a los distintos bancos del sistema, a donde la Conabed ha aprobado, mediante su política de inversiones”, dijo.

Este proceso no es tan lento. El problema al final es cuando el dinero queda resguardado en algún lugar, pues puede haber algún deterioro.

Se espera que cuando ingrese a la banca tenga la fluidez necesaria, entonces la inversión financiera queda y los billetes quedan en circulación, lo que contribuye a reducir el riesgo de deterioro de los billetes, agregó.

Finalmente dijo que si tras el proceso de extinción de dominio la decisión del juez es favorable al Estado, pues obviamente el dinero se repartiría de conformidad con lo que la ley establece, manifestó.

Decretan extinción de dominio contra avioneta y armas incautadas a narcos

Destino del dinero extinguido

La Ley de Extinción de Dominio, en su artículo 47, establece el destino del dinero extinguido. Señala que la Senabed distribuirá los recursos de la manera siguiente:

  • 20% para cubrir gastos de las unidades de métodos especiales de investigación creadas en virtud de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, las fuerzas de tarea o unidades encargadas de la interceptación aérea y marítima de drogas.
  • 20% para el Ministerio Público. Deberán invertirse en programas de protección de testigos y juzgamiento de los delitos de lavado de dinero.
  • 18% para el Ministerio de Gobernación y servirá para el entrenamiento y
    adquisición de equipo.
  • 15% pasará a la Senabed para cubrir los gastos de administración de bienes incautados y aquellos extinguidos hasta que proceda con su venta.
  • 25% para los fondos privativos del Organismo Judicial.
  • 2% para la Procuraduría General de la Nación.

Q122 millones decomisados podrían provenir de sobornos a un exfuncionario

COMPARTIR

Publicidad

Recientes

Xinabajul ante Antigua G. F. C.
Xinabajul ante Antigua G. F. C.
Deportes

Antigua conquista Los Cuchumatanes y sueña con la semifinal

Nacionales

CIDH: Guatemala vivió un “deterioro continuo” de sus derechos humanos en 2023

Latin American Music Awards
Latin American Music Awards
Farándula

Latin American Music Awards: ellos son los ganadores de la noche

Amarini Villatoro
Amarini Villatoro
Deportes

Amarini Villatoro continuará como técnico de Xelajú M. C.

RECOMENDADOS

Publicidad