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Grupo de jueces argumenta que no necesita presentar expedientes completos para la elección de cortes

En la elección de cortes, un grupo de jueces argumentó que solo requieren "manifestar interés en ascender para ser tomados en cuenta".

Un grupo de jueces envió una nota a la Comisión de Postulación para elección de Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Cortes de Apelaciones durante la tarde de este domingo 25 de agosto de 2024 para pedir que se aplique la Ley de la Carrera Judicial de manera plena y rigurosa. Los firmantes de la nota resaltan la importancia de “observar los artículos 76 y 77 de la Ley de la Carrera Judicial”.

En el antepenúltimo párrafo de la nota, los remitentes aseguran que, según los citados artículos, “los jueces interesados en ascender a estos cargos no necesitan presentar un expediente completo, sino simplemente manifestar su interés ante el Consejo de la Carrera Judicial”. Según el grupo de togados, “esta simplificación valora las evaluaciones de desempeño realizadas por el Consejo de la Carrera Judicial, en lugar de utilizar la tabla de gradación diseñada por las comisiones de postulación”.

Los jueces argumentaron que “las nóminas para la Corte de Apelaciones se elaboran con preferencia a los miembros de la carrera judicial”. Asimismo, señalan que se refuerza “el principio de promoción interna y el reconocimiento del mérito acumulado”.

“Para la CSJ, las nóminas buscan una integración equitativa de candidatos, asegurando diversidad y enriquecimiento del debate y toma de decisiones en el más alto nivel judicial”, argumentan.

En el segundo párrafo, los jueces expresaron que “los procesos de selección de magistrados deben cumplir criterios mínimos”. Según la misiva, esos criterios garantizan “un régimen independiente que promueva el acceso a la justicia”.

Los jueces citaron a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, explicando que “no cualquier procedimiento satisface las condiciones requeridas por la Convención”.

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Más argumentos de los jueces

De esa manera, añaden que esas condiciones tienen el fin de lograr que se dé una “implementación adecuada de un verdadero régimen independiente”.

“Si no se respetan parámetros básicos de objetividad y razonabilidad, resultaría posible diseñar un régimen que permita un alto grado de discrecionalidad en la selección del personal de carrera, en virtud de lo cual personas escogidas no serían, necesariamente, las más idóneas”, indicaron.

Los jueces agregaron que la Constitución Política de la República, en su artículo 209, regula que:

“Se establece la carrera judicial. Los ingresos, promociones y ascensos se harán mediante oposición. Una ley regulará esta materia”.

Con base a lo anterior, los jueces reiteraron su solicitud “a la Comisión de Postulación la plena aplicación de la Ley de la Carrera Judicial”.

El documento aparece firmado por los siguientes abogados:

  • Carlos Arsenio Pérez Cheguen,
  • Ana Margarita Leonardo Segura,
  • Lisbeth Mireya Batún Betancourt,
  • Romeo Otoniel Gálvez Vargas,
  • Saúl Orlando Álvarez Ruiz,
  • Pablo Xitumul de Paz.

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