19 abril, 2024 | 6:31 pm
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Nacionales/ Programa

Omar Barrios: “La presencia de los ministros en la CC puede ser injerencia política pero no jurídica”

La simple presencia puede ser injerencia política, pero no jurídica.

El Organismo Ejecutivo suspendió ayer la Junta de Gabinete para que los ministros acompañaran a la canciller Sandra Jovel a la vista pública que se llevó a cabo en la Corte de Constitucionalidad (CC) en la que presentó sus pruebas de descargo por la solicitud de retiro del embajador de Suecia, Anders Kompass.

Los funcionarios permanecieron en la Sala de Vistas más de dos horas como una muestra de solidaridad y apoyo hacia Jovel.

Jovel presentó pruebas de descargo en el amparo provisional, mediante el cual la CC ordenó al presidente Jimmy Morales buscar una solución amigable a la solicitud de retiro del embajador Kompass, señalado por el Ejecutivo de injerencia en el país.

Para platicar sobre este asunto, el programa A Primera Hora invitó a Omar Barrios, director del Centro de Estudios de Derecho (Cede), quien expresó que “los ministros son los 14 funcionarios públicos más importantes de la administración pública y que al estar en la CC en horas de trabajo, es una pérdida de tiempo”.

Presencia de ministros en la CC

Fue una acción administrativa inservible. Los ministros tienen funciones que cumplir por sus atribuciones. Una de ellas no es acuerpar cuestiones de justicia constitucional.

No es un momento de efectuar una acción de respaldo. Su respaldo debe ser a la función pública. Vuelve a denotar que los asesores en Presidencia o de los ministros están tomando acciones burdas.

El Consejo de Ministros no tiene ninguna injerencia para tener presión sobre los ministros de la CC. Políticamente no les iba a resultar. Es un mensaje de injerencia muy sutil hacia los magistrados.

Los ministros deben tener criterio propio

Eso es parte fundamental de los ministros. Los ministros son el elemento sustancial de la administración pública. Artículo 182 Constitucional se diseñó para que el Presidente no haga nada por sí solo. Siempre tiene que comparecer con uno, con dos ministros, o en Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministro es el órgano de deliberación más importante de las políticas públicas.

¿Fue acorde la participación de los ministros en la CC?

No encuentro en la Constitución o en la Ley del Organismo Ejecutivo en el que diga a los ministros ‘asistamos en consejo a respaldar una actuación de amparo’. El artículo 154 de la constitución señala que las acciones que realice el ministro deben estar establecidas en la ley. Si la CC confirma el amparo, el mensaje político es fatídico para los ministros.

¿Cómo ve la participación de los embajadores?

En el orden del derecho diplomático internacional. Uno se sienta como quiera cuando va a una audiencia. Con la presencia de los embajadores en un juicio ya hay una injerencia. Un embajador representa a un Estado. EE.UU. tiene los hilos del gobierno y de los anteriores gobiernos. Un embajador en Guatemala no asistiría a un juicio en Europa. Los embajadores se han consolidado al haber gobiernos tan débiles.

¿En qué momento los ministros dejan de ser ministros?

Hay una regla académica. Cualquier funcionario que goce de antejuicio es funcionario las 24 horas. Si un ministro habla el domingo a las 24 horas, habla como ministro. En el parque, en el mercado… la gente no ve a la persona. Ve al ministro.

Los ministros son los 14 funcionarios públicos más importantes de la administración pública. Entonces estando en la CC en horas de trabajo, es una pérdida de tiempo.

Esto pasa al ámbito político. Sí se intenta tener una injerencia, pero no se logra, porque este gobierno es débil.

La actuación es en su ámbito político, la interferencia es cuando se refiere a una decisión de Gobierno ejecutiva. La simple presencia puede ser injerencia política, pero no jurídica.

¿La CC no es un cuarto poder?

Veamos: El Congreso legisla, el Ejecutivo ejecuta lo legislado por el Congreso y el Organismo de Justicia aplica la ley cuando no se está cumpliendo con la ley. La CC es un ente de control para que no se den actuaciones fuera del marco constitucional. Por eso los magistrados deben ser bien electos para que se mantenga la defensa constitucional.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

https://soundcloud.com/user-642794698/2018-08-14-aph-primer-bloque-del-programa-a-primera-hora

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