El Juzgado de Turno de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual de Guatemala ligó a proceso a Raúl Cumpar López por ser el principal sospechoso del asesinato de Ingrid Elizabeth Saquic Baquiax.
De acuerdo a la evidencia presentada por el Ministerio Público a través de la Fiscalía contra el Delito de Femicidio en la audiencia de primera declaración, Cumpar se aprovechó de las relaciones desiguales de poder contra su esposa y la estranguló el 15 de junio de 2019.
El asesinato de Saquiac Baquiax fue cometido el interior del vehículo identificado con las placas de circulación P-734 CZL.
La investigación de la fiscalía estableció que luego de cometer el crimen, Cumpar se dirigió hacia la 16 calle y 18 avenida del barrio La Reformita, zona 12 de la ciudad capital donde dejó tirado el cuerpo sin vida de Saquic Baquiax.
Luego de dejar el cuerpo se dirigió a la 4ª. avenida y 23 calle del mismo barrio y zona donde estacionó el automotor.
El juez a cargo de esta judicatura consideró que los fiscales sustentaron técnica y científicamente la sindicación en contra del acusado y resolvió a favor de la solicitud planteada por la fiscalía por lo que ordenó que guarde prisión preventiva mientras termina el proceso en su contra.
Bajan los femicidios
Según cifras del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) entre enero y marzo de este año han sido asesinadas 178 mujeres, lo cual constituye una disminución del tres por ciento en comparación con el mismo período de 2018 cuando hubo 184 casos.
Del total de casos, 104 fueron cometidos con armas de fuego, 26 por asfixia por suspensión, 18 por heridas con arma blanca y al menos cuatro casos por decapitación o desmembramiento.
De acuerdo a un reporte divulgado por la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, en el 100 por ciento de los casos de femicidio y de violencia sexual, el juez dictó prisión preventiva en contra de los acusados.
La argumentación fundamental estuvo basada en la prohibición legal de decretar medidas sustitutivas, sin que se hiciera necesario acreditar el peligro procesal de fuga o de obstrucción de la justicia.
*Con información de Julio López