25 abril, 2024 | 7:11 am
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.

Yosi Sideral

90.1 FM

Atmósfera

96.5 FM

La Tronadora

104.1 FM

Kiss

97.7 FM

La Grande

99.3 FM

Nueva Fabuestéreo

88.1 FM

Guatemala

89.7 FM
Nacionales

Proponen exonerar del IVA a los combustibles y productos de la canasta básica

Diputados del Grupo Parlamentario de Oposición presentaron una iniciativa de ley.

Diputados del Grupo Parlamentario de Oposición presentaron una iniciativa de ley para exonerar del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los combustibles, medicinas y productos que conforman la canasta básica.

En conferencia de prensa, los parlamentarios expusieron que con ello se busca mitigar la escalada de precios que, según sus palabras, “está golpeando a los guatemaltecos”.

El legislador Orlando Blanco señaló que se presentará la propuesta porque tienen la obligación y el derecho como diputados de hacerlo.

“Creemos que no se necesita grandes mesas de diálogo para saber lo que hay que hacer”, así que se procederá independientemente de si se convoca o no, aseguró.

Según sus palabras, la gente lo que quiere es que baje la tarifa de la energía eléctrica. Además, ya no soporta el alza en temas de los combustibles y gas propano, tampoco en medicamentos y quiere que se le ayude a poder acceder a los alimentos de la canasta básica.

“Si hay algo mejor, seguramente lo apoyaremos, pero por ahora la presentaremos porque es lo más urgente e importante”, destacó.

Iniciativa de ley

La iniciativa de ley de exención presentada por los diputados detalla que se exonerará por única vez del pago del IVA a los siguientes productos:

  • Importación, distribución, comercialización, transporte y consumo final del petróleo crudo, gas natural comerciable, gas licuado de petróleo, condensados y/o productos del petróleo.
  • El consumo de energía eléctrica doméstica de aquellos consumidores de energía eléctrica hasta 300 kW/mes.
  • La compra y venta de medicamentos inscritos en el Registro Sanitario del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
  • La compra y venta de los productos que conforman la Canasta Básica Alimentaria (CBA), de conformidad con el Instituto Nacional de Estadística.

“El período de la presente exoneración será de seis meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto”, destaca la propuesta.

Verificación de los precios de los productos

Según la iniciativa, durante la vigencia de la presente exoneración al IVA, la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) deberá realizar monitoreos semanales para evitar la especulación y acaparamiento de los productos de la CBA.

Asimismo, se indicó que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) será la encargada de la correcta utilización del beneficio fiscal establecido y que este será objeto de fiscalización de parte de la Contraloría General de cuentas.

* Con información de Francisco Pérez, Emisoras Unidas 89.7

COMPARTIR

Publicidad

Recientes

Internacionales

¿Qué causó que Grecia se cubriera de una nube anaranjada?

Comunicaciones ante Cobán Imperial
Comunicaciones ante Cobán Imperial
Deportes

Comunicaciones: Juan Anangonó clave en el triunfo del campeón

Nacionales

Bebé fallecido en hospital: Salud asegura que no se siguieron protocolos y aplica sanciones

Danna Paola
Danna Paola
Farándula

Danna Paola confirma que tuvo una relación con un actor de Élite, quien la terminó “ghosteando”

RECOMENDADOS

Publicidad