20 abril, 2024 | 4:15 am
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A Primera Hora/ Nacionales

Reglamento del TSE para controlar debates se deriva de ‘una pésima reforma a la ley electoral’

No es viable. Tiene temas inconstitucionales, en su propósito se pierde y las incoherencias son enormes, aseguran expertos.

Esta semana el pleno del Tribunal Supremo Electoral revisará el Reglamento para la organización de debates, entrevistas y foros públicos entre los candidatos durante el proceso electoral, aprobado mediante el Acuerdo 99-2019, el cual fue publicado en la página digital de TSE, pero, luego, eliminado al público.

Lo anterior fue confirmado esta mañana por la magistrada del TSE, María Eugenia Mijangos, al ser cuestionada por el programa A Primera Hora acerca del origen del documento.

El asunto es que si este documento cobra vigencia, se tendrían que poner en práctica los temas bajo los cuales se regirán los espacios, pues se obliga a que los medios de comunicación soliciten la autorización del TSE para llevar las actividades descritas.

LEA EL REGLAMENTO

 

Para platicar sobre este tema, el programa A Primera Hora invitó a Roberto Ardón, director ejecutivo del Comité Coordinador de Asociaciones Comerciales,  Industriales y Financieras (CACIF), y a Francisco Quezada, abogado e investigador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).

Ambos coinciden en que el reglamento citado es producto de “una pésima reforma la Ley Electoral y de Partidos Políticas” y sugieren que quede sin efecto.

Roberto Ardón

¿Qué le llama la atención del Reglamento?

Que es producto de una pésima reforma a la ley electoral. Estamos sentados frente a otra ocurrencia que es reglamentar los debates, foros y entrevistas a candidatos. Creo que se da con falta de basamento legal.

Es importante que el TSE tenga un claro fundamento legal, no una interpretación flexible de normas, y está claro que no lo tienen.

Yo cito los artículos que el TSE señala en su parte considerativa. Los he leído una y otra vez y no hay una atribución formal para el TSE para regular debates, entrevistas y foros. Esos artículos son los relacionados a la propaganda electoral, que es una cosa muy diferente al ejercicio de un coloquio.

Del contenido

Nuevamente estamos frente a una norma que crea una cortapisa de garantías constitucionales contra la liberta de emisión del pensamiento, de la expresión y de la organización. Se está cuadriculando un derecho a organizar un evento durante los 90 días que va a durar el proceso electoral.

El TSE enmarca el reglamento en su preocupación por el financiamiento de campaña

La preocupación es legítima, pero hay que hacer las cosas bien hechas. Lo único que uno pudiera aspirar de los legisladores es que hicieran las cosas bien hechas. Hay legisladores que buscan asegurar franjas del estado para distribuir equitativamente entre los partidos, y que el TSE sea el gran comprador, como se deja en esta reforma.

Hay muy buenas intenciones, pero en su ejecución, son muy pobres, y eso es lo que estamos experimentando.

Algunos hablan de esto como un péndulo. Antes no había ninguna regulación, ahora estamos en todo o nada. Pero este proceso de prueba y error es muy desgastante.

Al final es una ley electoral imperfecta, mal redactada. El TSE ha tenido que lidiar con las normas que se le han impuesto.

El reglamento es muy diferente. Es un elemento adicional que el TSE se está arrogando y que se está emitiendo. Es producto del espíritu de la reforma. Es como asignarle al TSE un papel controlador de los procesos electorales que va más allá de lo sensato. Ahora controla todo, parece que es buena idea controlar debates y foros, el resultado es que la sociedad lo ha rechazado.

¿Será para desincentivar los infomerciales?

Sobre las intenciones hay que escucharlos a ellos, a los magistrados. Uno pudiera decir que hay la sospecha permanente de muchos foros para hacer propaganda en cierto candidato y que el medio se va a prestar a eso. A mí, eso me parece atroz.

Hay que escuchar al TSE en vista de los argumentos que se han brindado y esperar a que deje sin efecto la vigencia de este reglamento.

Francisco Quezada

El reglamento para la organización de debates, entrevistas y foros públicos entre los candidatos durante el proceso electoral viene por la pésima reforma de la ley electoral, no de primera generación, sino de primera deformación.

Yo lo vería en tres líneas de análisis: el orden constitucional, el contenido del reglamento y la cantidad de incoherencias que tiene.

El primero. El artículo 35 regula la libertad de emisión del pensamiento. En el caso del reglamento, es que cualquiera que quiera promover u organizar un debate, entrevista o foro, tiene que pedir autorización y enviar el texto de lo que se va a tratar y esta oficina (Unidad Especializada de Medios) lo va a censurar, lo va a aprobar, a improbar o a cambiar. Hay una licencia previa, una censura.

El otro punto

Cuando uno ve el artículo 3 del reglamento, habla de quiénes se consideran interesados: Los medios de comunicación, las organizaciones políticas, las organizaciones sociales, individuales o jurídicas y toda persona responsable. Todas las personas estamos sujetos a esta norma.

Hay una inconstitucionalidad del artículo 180 de la Constitución que establece la publicidad de la Ley. La Corte de Constitucionalidad (CC) ha dicho que cualquier disposición legal, con alcances generales, para tener vigencia debe publicarse en el Diario de Centro América.

Este reglamento dice que entra en vigencia inmediatamente y, luego, deberá publicarse en el Diario de Centro América. Esa vigencia ya es inconstitucional.

¿Hay forma de rescatar el texto, o es inviable?

No es viable. Tiene temas inconstitucionales, en su propósito se pierde y las incoherencias son enormes.

Si abordamos los artículos 1, 2 y 3 del reglamento, ahí se establece el objeto del reglamento. Que hay una institución que aprueba el formato o mecánica del debate, foro o entrevista, siempre y cuando sean transmitidos en los medios. Pero quedan exentos universidades, entidades académicas y colegios profesionales.

Todos los foros, los debates y las entrevistas se deben publicar en los medios. Nada puede quedar en privado.

¿Cómo se entiende el reglamento?

El reglamento dice que el objetivo es que todo sea democrático, equitativo e igualitario. Veamos los artículos 3 y 8. Repiten la idea. ¿Qué entendemos por democrático, equitativo e igualitario? Que participen todos. Si participan 24 candidatos, todos tienen derecho a participar, y solo tenemos 120 minutos para el debate. ¿Cuánto tiempo tendría cada uno? Los 120 minutos se quedan cortos.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

https://soundcloud.com/user-642794698/2019-03-11-a-primera-hora-bloque-001

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