25 abril, 2024 | 9:54 am
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.
API key not valid, or not yet activated. If you recently signed up for an account or created this key, please allow up to 30 minutes for key to activate.

Yosi Sideral

90.1 FM

Atmósfera

96.5 FM

La Tronadora

104.1 FM

Kiss

97.7 FM

La Grande

99.3 FM

Nueva Fabuestéreo

88.1 FM

Guatemala

89.7 FM
Nacionales

Salud permitirá abrir cines, teatros y bares bajo medidas sanitarias

Este martes fue publicado en el diario oficial el acuerdo que define las restricciones que se aplicarán en las distintas actividades de recreación y deportes.

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social modificó las restricciones establecidas por la pandemia del Covid-19, y ahora se permitirá la reactivación de cines, teatros, bares, gimnasios y la realización de eventos, cumpliendo con medidas sanitarias.

El acuerdo ministerial número 229-2020 fue publicado este martes en el diario oficial. En este se modifica el anexo de las medidas vigentes en el sistema de alertas sanitarias para la atención de la emergencia.

Se indica que todos los habitantes deberán cumplir con normas sanitarias individuales para evitar el contagio, las cuales incluyen:

  • Uso universal y adecuado de mascarilla o tapaboca (se exceptúan los menores de 2 años y aquellas personas que por su condición médica tengan contraindicación)
  • Distanciamiento social o físico mínimo de 1.5 metros entre personas que se encuentren fuera de la vivienda.
  • Higiene de manos mediante el uso de agua y jabón por 20 segundos o aplicación de alcohol en gel con al menos 60% de concentración.

Tablero de regulaciones, según alerta

El sistema de alerta sanitaria para el monitoreo de la epidemia de Covid-19 es un instrumento que, mediante la medición periódica de indicadores de la incidencia de la enfermedad, permite determinar el nivel de riesgo que existe para la población.

Asimismo, de este depende qué tipo de actividades pueden o no llevarse a cabo en cada uno de los municipios, con base en la clasificación que tienen. Estas van desde roja (alerta máxima) hasta la verde (nueva normalidad).

Según el acuerdo publicado este martes, que empezará a regir el 1 de octubre de 2020, se permitirá la apertura de actividades de recreación y deportes, así como culturales, aunque bajo medidas de prevención:

Parques públicos

  • Alerta roja: Abierto para actividades individuales o deportes en grupos de 10 personas o menos. No se permiten ventas de comida o comercio.
  • Alerta naranja: Aforo a 4 m2 por persona, no se permiten aglomeraciones mayores de 10 personas. No se permiten ventas de comida o comercio.
  • Alerta amarilla: Aforo a 4 m2 por persona, no se permiten aglomeraciones mayores de 15 personas. Se permiten ventas de comida con medidas iguales a las ventas de mercado.
  • Alerta verde: Aforo a 2.5 m2 por persona.

Bares y centros de diversión nocturna

  • Alerta roja: Permitido con aforo de 10 m2 por persona, con ventilación natural o al aire libre. Solo se permiten grupos de igual o menor a 5 personas por mesa.
  • Alerta naranja: Permitido con aforo de 6 m2 por persona, con ventilación natural o al aire libre. Solo se permiten grupos de 5 personas o menos por mesa.
  • Alerta amarilla: Permitido con aforo de 6 m2 por persona, con ventilación natural o al aire libre. Permitidos grupos de igual o menor a 10 personas por mesa.
  • Alerta verde: Permitido con aforo de 2.5 m2 por persona, con ventilación natural o al aire libre. Grupos de igual o menor a 10 personas por mesa.

Eventos, ferias, conciertos y centros de diversión o recreación

  • Alerta roja: Permitido con aforo de 10 m2 por persona y limitado a 100 personas máximo a la vez. Eventos que pueden ocurrir desde el vehículo, sin permitirse descender de los mismos, sin límite de personas.
  • Alerta naranja: Permitido con aforo de 6 m2 por persona y limitado a 250 personas a la vez.
  • Alerta amarilla: Permitido con aforo de 4 m2 por persona y limitado a 500 personas máximo a la vez.
  • Alerta verde: No hay restricción de número de personas excepto lo que limite el aforo a 2.5 m2 por persona.

Piscinas de uso público

  • Alerta roja: Abiertas para deporte individual. Clases individuales permitidas. Horarios especiales para personas mayores de 60 años o de alto riesgo.
  • Alerta naranja: Abiertas para deporte individual. Clases en grupos de 5 personas o menos permitidas.
  • Alerta amarilla: Permitida la natación en grupos menores de 10 personas. Clases de menos de 10 personas permitidas.
  • Alerta verde: Abiertos con única restricción de horarios especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años.

Centros de entrenamiento y gimnasios

  • Alerta roja: Abiertos con aforo de 10 m2 en área de servicio. No clases o actividades grupales.
  • Alerta naranja: Abiertos con aforo de 6 m2 en áreas de servicio. No clases o actividades grupales.
  • Alerta amarilla: Abiertos con aforo de 4 m2 en área de servicio. Clases o actividades de grupos menores de 10 personas, respetando aforo de 4 m2 por persona.
  • Alerta verde: Abiertos con aforo de 2.5 m2 en área de servicio. Clases o actividades de grupo con menos de 20 personas, respetando aforo de 2.5 m2 por persona.

COMPARTIR

Publicidad

Recientes

Ministra de Salud, Amelia Flores
Ministra de Salud, Amelia Flores
Nacionales

Denuncia contra exministra de Salud por compra de vacunas es enviada al MP

Adrián García Arias
Adrián García Arias
Deportes

Adrián García Arias arremete contra el árbitro Luis Escobar

Nacionales

OEA da respuesta “afirmativa” a petición de Arévalo para observar elección de Cortes

Farándula

Actor inglés Laurence Fox debe pagar 208 mil euros a personas que llamó pederastas

RECOMENDADOS

Publicidad