28 marzo, 2024 | 2:49 pm
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Corte IDH no otorga medidas de protección al exjefe de la FECI por su destitución

La Corte IDH resolvió de tal manera bajo el argumento de que dichas medidas se debieron pedir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió que es improcedente la adopción de las medidas provisionales solicitadas a favor del exjefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval.

El exfiscal había argumentado que se violentaron las garantías judiciales de los fiscales del caso, ya que fueron sometidos a hostigamiento e intimidaciones permanentes a través de acciones penales infundadas.

También habló de la existencia de otros actos de estigmatización encaminados a lograr la destitución o renuncia, los cuales aseguró que se materializaron con la destitución “arbitraria, ilegal e ilegítima” de Sandoval, realizada por la fiscal general, Consuelo Porras el pasado 23 de julio.

La Corte IDH resolvió de tal manera bajo el argumento de que dichas medidas se debieron pedir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

https://emisorasunidas.com2020/04/17/medidas-de-seguridad-a-favor-de-jefe-de-la-feci/

Otorgan medidas a dos fiscales de la FECI

Por aparte, se informó que la Corte IDH resolvió a favor que se otorguen las medidas necesarias para proteger eficazmente los derechos a la vida, a la integridad personal y a la independencia en el ejercicio del cargo de dos fiscales de la FECI.

Este fallo se da en el marco del seguimiento del caso en el que la Corte, en su condena al Estado de Guatemala por la ejecución extrajudicial de Tirso Román Valenzuela, integrantes de Los Pasaco, y Hugo Humberto Ruiz Fuentes, quien participó en el secuestro de un niño en agosto de 1997, ordenó la protección de fiscales que investigaron la ejecución extrajudicial de ambos, tras escaparse de la cárcel de El Infiernito.

En la decisión por medio de la cual se otorgaron las medidas a los fiscales de la FECI se tuvo el voto disidente del juez Eduardo Vio Grossi.

El togado consideró también que en el caso de estas personas es facultad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgar medidas de protección.

* Con información de Samanta Guerrero, Emisoras Unidas 89.7

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