DGT señala irregularidades en autobuses tras choque múltiple

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DGT señala irregularidades en autobuses tras choque múltiple

La entidad reguladora señaló que las unidades de transporte que chocaron en la ruta Interamericana carecían de varios documentos.

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Los autobuses chocaron en contra de varios carros livianos., Bomberos Voluntarios.
Los autobuses chocaron en contra de varios carros livianos. / FOTO: Bomberos Voluntarios.

La Dirección General de Transportes (DGT) y la Dirección General de Protección y Seguridad Vial (Provial) emitieron un comunicado este domingo, 14 de junio de 2026, para tratar el tema de los dos autobuses del transporte extraurbano que protagonizaron un choque múltiple el pasado sábado, 13 de mayo de 2026, en el kilómetro 46 de la carretera Interamericana.

La DGT identificó a las unidades de transporte de pasajeros por los números de placa C-425BPZ y C-587BSH, destacando que la primera unidad identificada recibió una remisión por tres infracciones, entre las que se destacan la falta de registro del piloto, la no presentación de póliza de seguro vigente y la ausencia de sistema limitador de velocidad.

Las autoridades indicaron que, al primero de los autobuses, le impusieron una sanción total de Q40 mil 11.40; por el primer incumplimiento emitieron una sanción de Q5 mil, por el segundo, una de Q15 mil y por la tercera una de Q20 mil 11.40.

Mientras tanto, al segundo de los autobuses le impusieron la misma sanción, por los mismos montos y las mismas carencias de documentación para operar. La DGT agregó que, al tener conocimiento del incidente, sus inspectores se apersonaron al lugar de los hechos para realizar las verificaciones correspondientes.

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Según los cuerpos de socorro, en el accidente están involucrados dos autobuses extraurbanos y al menos seis carros particulares.

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En un comunicado, la DGT explicó que, cómo parte de las diligencias, se efectuó la revisión y consulta de los datos de las unidades de transporte, con el fin de determinar el cumplimiento de la normativa vigente.

La entidad destacó la obligatoriedad de instalar y utilizar el Sistema Limitador de Velocidad (SLV) que está establecido, principalmente, en el artículo 3 del Decreto Número 45-2016 del Congreso de la República, Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial.

Asimismo, citaron el reglamento y el Acuerdo Gubernativo Número 38-2019, que regula los requisitos para la instalación, funcionamiento y registro de este dispositivo en las unidades de transporte extraurbano de pasajeros y de carga.

Estas disposiciones tienen como finalidad fortalecer la seguridad vial, promover una conducción responsable y contribuir a la prevención de hechos de tránsito", argumentaron.

La DGT y Provial reiteran su compromiso con la seguridad vial y hacen un llamado a las empresas y operadores de transporte extraurbano a cumplir con las disposiciones legales vigentes, incluyendo el registro y autorización de pilotos, la vigencia de los seguros obligatorios y la correcta instalación y registro del Sistema Limitador de Velocidad", instaron.

Finalmente, el comunicado añadió que "conducir con responsabilidad salva vidas y que el cumplimiento de la normativa es fundamental para proteger a los usuarios y fortalecer la seguridad en las carreteras del país".

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