El Ejecutivo de Guatemala apeló hoy a la “institucionalidad” y la “independencia de poderes”, al ser consultado sobre la opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que llama a los Estados a “reconocer y garantizar” los derechos familiares de personas del mismo sexo.
“Cada país es soberano y desde el Ejecutivo se respeta la institucionalidad y la independencia de poderes”, mencionó a Efe el portavoz presidencial, Heinz Hiemann.
El vocero del presidente del país centroamericano, Jimmy Morales, indicó que las acciones a realizar para “encaminar una ley”, “le corresponden al Organismo Legislativo” y ya será el mandatario “quien decida aprobarla o vetarla“.
Hiemann concluyó que Morales “respeta todos los procesos que se lleven a cabo en Guatemala”, y enfatizó que, pese a que el Gobierno es signatario del sistema interamericano la opinión de la CorteIDH “no es vinculante”.
Pese a que la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos (Copredeh) confirmó que la opinión de la CorteIDH “ya es del saber de todos”, aún no manifestó pronunciamiento al respecto, indicó una fuente de la institución.
El pasado 1 de diciembre, la diputada opositora y jefa de bancada de Convergencia, Sandra Morán, quien se identifica como lesbiana y feminista, entregó en el Congreso de Guatemala una iniciativa de Ley de Identidad de Género con el fin de garantizar que las personas transgénero puedan identificarse legalmente como prefieran.
La propuesta promueve “el respeto, la protección y el ejercicio de los derechos humanos de las personas por su identidad de género”, y les garantiza a los transgénero “el derecho a solicitar la rectificación de su partida de nacimiento (…) cuando la inscripción es contradictoria con su identidad”.
En cuanto a los derechos para las parejas del mismo sexo no están prohibidos de manera expresa en el país centroamericano, pues en el caso del matrimonio, el código civil -aprobado en 1963- establece que “es una institución social por la que un hombre y una mujer se unen legalmente”.
Mientras que la Ley de Adopciones, que data de 2007, indica que solo podrán adoptar “el hombre y la mujer unidos en matrimonio o en unión de hecho declarada de conformidad con la legislación guatemalteca”.
Fuente: EFE