14 noviembre, 2024 | 5:39 pm

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Corte de Constitucionalidad deja en suspenso provisional acceso al secreto bancario a SAT

La Corte de Constitucionalidad (CC) aceptó y dio con lugar una acción de inconstitucionalidad presentada por la empresa Escala Mercantiles Innovadoras S.A., por lo que suspendió la aplicación del artículo 52 de la Ley para el Fortalecimiento de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

Lo anterior significa que el ente recaudador (SAT) ya no puede acceder a información bancaria con propósitos tributarios.

El Decreto Legislativo 37-2016 contempla en el artículo 52, que la SAT podrá tener acceso a cuentas bancarias con autorización de juez. El contribuyente es notificado de la acción, además, se realiza el análisis respectivo. La información es de carácter confidencial y solo se puede acceder a la cuenta bancaria de cuentahabiente con fines tributarios.

Fue en el año 2016 que el Congreso aprobó el acceso al “secreto bancario”, lo cual también permitió al país salir de la lista gris de paraísos fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

Ministro de Finanzas habla de “un mes de ataques en el Congreso”

Al conocer la resolución, el ministro de Finanzas Públicas, Julio Héctor Estrada, publicó en su cuenta de Twitter: “Un mes de ataques en Congreso y medios de comunicación para qué? Evitar que el país y SAT pasen del siglo 19 al siglo 21…”

SAT advierte impacto negativo en recaudación tributaria

Por su parte, la SAT emitió un comunicado donde explica que dicha resolución “puede afectar la meta de recaudación tributaria e impactar de manera negativa para en la proyección de meta para el 2019”.

Además, según la SAT, esto podría derivar “en la inclusión de Guatemala en la lista negra de países no cooperantes”.

Fueron citadas las partes

La Corte de Constitucionalidad citó para una audiencia pública, en un plazo de quince días, a representantes del Congreso de la República, Ministerio Público y Superintendencia de Administración Tributaria, para que presenten pruebas de descargo.

Con información del periodista Francisco Pérez

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