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TSE da a conocer las prohibiciones para el proceso electoral 2019

El Tribunal Supremo Electoral prohíbe rotular instalaciones o vehículos oficiales con el nombre de cualquier funcionario público.

El viernes el Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocó de forma oficial al proceso electoral 2019, donde se elegirá al Presidente y Vicepresidente de la República, diputados al Congreso de la República (160), corporaciones municipales de toda la República, diputados del Parlamento Centroamericano (PARLACEN) titulares y suplentes.

Dichas elecciones están programadas para el domingo 16 de junio. Y si existiera una segunda vuelta para el domingo 11 de agosto.

► Dos nuevas diputaciones hará tener en el Congreso 160 legisladores

Dentro de la convocatoria, estas son las prohibiciones dadas a conocer por el Tribunal.

Queda prohibido al presidente de la República, funcionarios del Ejecutivo, alcaldes y funcionarios municipales hacer propaganda respecto de las obras y actividades realizadas.

Hacer propaganda electoral pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, rótulos, puentes, edificios, monumentos públicos, montañas, cerros, laterales de carreteras; salvo que se trate de propiedad privada y que se cuente con el permiso por escrito por parte de los propietarios.

Pintar leyendas sobre el asfalto o pavimento de las carreteras, adoquín o empedrado de calles urbanas.

No es permitido utilizar vehículos con autoparlantes para fines de propaganda antes de las 7:00 horas o después de las 20:00 horas.

Realizar propaganda electoral el día de las elecciones o durante las 36 horas anteriores.

Las encuestas electorales no podrán ser publicadas por ninguna entidad o empresa durante los 15 días previos de las elecciones; o antes de los 15 días de la segunda vuelta presidencial.

El expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos desde las 12 horas del día anterior de las elecciones hasta las 6:00 horas del día siguiente de éstas.

Los partidos políticos y candidatos a cargos de elección popular en ningún momento podrán contratar o adquirir por sí o terceras personas tiempos y espacios, por cualquier modalidad, en los medios de comunicación.

Ninguna persona individual o jurídica podrá contratar campaña electoral en los diferentes medios de comunicación.

Se prohíbe utilizar los recursos y bienes del Estado para propaganda electoral.

Los funcionarios y empleados públicos tienen prohibido dedicarse durante su jornada de trabajo a funciones o actividades político-electoral.

Aquí otra noticia relacionada ► TSE: Estas son las fechas claves para las elecciones generales en Guatemala

Estas son otras prohibiciones ▼

Los miembros del Ejército y de los cuerpos de seguridad del Estados tienen prohibido participar en actos de carácter político o de propaganda electoral.

Los funcionarios, empleados públicos y contratistas del Estados tienen prohibido informar e inaugurar públicamente obras realizadas en cumplimiento de sus funciones.

Hacer propaganda anónima.

Las organizaciones políticas no podrán recibir donaciones de los Estados, o personas individuales y jurídicas extranjeras, así como donaciones anónimas.

Limitar el uso gratuito para colocación de propaganda en los postes, salvo la propaganda que se coloque de poste a poste la cual está prohibida o obstaculice las señales de tránsito.

Hacer propaganda por interpósita persona, fundaciones, asociaciones u otra figura legal.

Otorgar u ofrecer prebendas, regalos o cualquier otra retribución que implique clientelismo con fines electoral.

Realizar actividades de propaganda anticipada.

Utilización de colores y tipografías que identifiquen a una organización política en actividades, documentos, publicidad, medios electrónicos o cualquier publicación que se dé a conocer la ejecución de programas oficiales.

Rotular instalaciones o vehículos oficiales con el nombre de cualquier funcionario público.

Denominar obras, proyectos o cualquier actividad pública con el nombre de un funcionario mientras no haya transcurrido dos periodos de haber dejado el ejercicio del cargo.

Toda forma de propaganda valiéndose de creencias, actividades religiosas o invocando motivos de religión.

Publicitar o realizar actividades benéficas con fines políticos y a los funcionarios públicos utilizar cualquier actividad de su gestión con el mismo fin.

Realizar actividades así como presentación de imágenes que se utilice la figura de la mujer o de cualquier persona en detrimento de su dignidad.

A los funcionarios y empleados públicos no podrán promover su imagen personal, partidos políticos o persona individual a través de los medios de comunicación.

Y demás actividades prohibidas en las leyes y reglamentos, así como en disposiciones que dicte el Tribunal Supremo Electoral.

Conozca más de la convocatoria hecha por el Tribuna Supremo Electoral ► Magistrados del TSE convocan a elecciones generales en Guatemala

https://soundcloud.com/user-642794698/prohibiciones-para-euelecciones2019

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