La Sala Quinta del Ramo Penal de Quetzaltenango resolvió que el futbolista guatemalteco Marco Pappa, deberá guardar prisión por un período de cinco años, de acuerdo con la resolución de dicha sala, informó el Ministerio Público (MP).
Dicha resolución se da luego de la apelación que presentó la Agencia Fiscal de la Fiscalía de Mujer de Quetzaltenango contra lo resuelto el 7 de enero pasado, donde se le impuso a Pappa un pena conmutable a cinco años de prisión conmutables, a razón de Q5 diarios.
Dicha sentencia fue emitida por el delito de violencia contra la mujer en su manifestación física (por ser reincidente) contra de su exconviviente María Andrea Aparicio, cuando él era parte del Club Xelajú Mario Camposeco.
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La Sala Quinta del Ramo Penal de Quetzaltenango aceptó la apelación presentada por la Agencia Fiscal de la Fiscalía de Mujer en ese departamento contra la resolución mediante la cual se le conmutó pena de prisión a Marco Pablo Pappa el 7 de enero de este año. pic.twitter.com/IqtNI89QIR
— MP de Guatemala (@MPguatemala) March 5, 2020
Según informó el Ministerio Público, este día fue resuelto la apelación durante una audiencia realizada en Quetzaltenango.
“Al estar debidamente notificadas todas las partes involucradas en el proceso y no existir recursos pendientes de resolver el órgano jurisdiccional competente le dará firmeza al fallo”, indicó el MP.
Marco Pappa irá a la cárcel por ser reincidente
Pappa ya había sido condenado a una pena por el mismo delito, y en este nuevo caso también recibió una condena conmutable, pero la fiscalía argumentó que dicha sentencia condenatoria no podría ser conmutable debido a que el futbolista era reincidente.
El artículo 51 del Código Penal de Guatemala establece en la sección de Inconmutables: La conmutación no se otorgará…
- A los reincidentes y delincuentes habituales
- A los condenados por hurto y robo
- Cuando así lo prescriban otras leyes
- Cuando apreciadas las condiciones personales del penado los móviles de su conducta y las circunstancias del hecho, se establezca, a juicio del juez, su peligrosidad social.