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Capturas segundo día toque de queda
Capturas segundo día toque de queda

VIDEO | Reportan las primeras capturas en el segundo día de toque de queda

La PNC destacó los operativos realizados a partir de las 16:00 horas

Luego de dar inicio el segundo día por el toque de queda ante las medidas para contrarrestar los riesgos de contagio por coronavirus COVID-19, la Policía Nacional Civil (PNC) ya reporta las primeras capturas de personas que no acataron la medida que inició a las 16:00 horas.

Según la entidad policial, los detenidos fueron localizados en la vía pública incumpliendo una de las principales disposiciones de esta acción, por lo que fueron trasladados hacia los juzgados correspondientes.

Automovilistas con complicaciones para regresar a sus hogares por toque de queda

Tome en cuenta

Estas son las medidas establecidas por el Ejecutivo por el toque de queda

  • Se limita el derecho de locomoción conforme las estrictas disposiciones que establece la ley
  • Se podrá cambiar o mantener la residencia de las personas en los lugares afectados o con riesgo de serlo y  su traslado sanitario a los lugares establecidos por el ente de Salud. En caso que la situación requiera ampliar la restricción será informadas por disposición presidencial.
  • El Ministerio de Salud limitará el ingreso a los lugares que se informen, fijando los cordones sanitarios dictados por el presidente de la República.
  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social como ente rector de la salud de Guatemala, deberá ejecutar todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al plan de contención y respuesta del COVID-19.
  • Se limita la libertad de locomoción a los habitantes de Guatemala, limitación que incluye el tránsito vehicular y de personas, entre las 16:00 y las 4:00 del día siguiente. Estará vigente del domingo 22 de marzo hasta el domingo 29 de marzo.
  • Se impide la entrada y salida de personas al territorio de la República de Guatemala.

Las excepciones

Las personas que están exentas de estas restricciones son:

  • Funcionarios y empleados públicos del Estado y particulares
  • Personal y los vehículos de seguridad del Ejército de Guatemala, Policía Nacional Civil y de seguridad privada y Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres.
  • Personal y ambulancias de auxilio y socorro de hospitales nacionales, privados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), Cruz Roja y entidades privadas de salud debidamente identificadas y autorizadas.
  • Personal que preste servicio de entrega a domicilio de artículos de primera necesidad.
  • El personal y vehículos con identificación diplomática. Así como los encargados de repatriar guatemaltecos.
  • El personal que conduzca los vehículos con placas oficiales del gobierno.
  • Personal y vehículos de Provial y de la Dirección
  • general de transporte extraurbano.

 

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