VIDEO | Empieza segundo día de toque de queda y la PNC así avisó a la población
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VIDEO | Empieza segundo día de toque de queda

La medida se inició bajo fuerte carga vehicular en varios sectores.

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inicia segundo día de toque de queda
inicia segundo día de toque de queda / FOTO:

A partir de las 16:00 horas de este lunes se dio inicio al segundo día de toque de queda, como parte de las medidas tomadas por el Gobierno respecto a prevenir más contagios de coronavirus COVID-19, el cual concluirá este martes a las 4:00 de la mañana.

Ante ello, nuevamente agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) anunciaron a la población a sirena abierta para que permanezcan en sus viviendas y eviten salir.

Este día fue diferente, ya que hubo mayor afluencia de personas en calles y avenidas debido a que muchos acudieron a su jornada laboral.

Automovilistas con complicaciones para regresar a sus hogares por toque de queda

En algunos sectores se pudo observar gran afluencia de vehículos.

¿Qué pasará con las más de 500 personas detenidas por violar toque de queda?

La PNC contabilizó cientos de detenidos a partir de las 16 horas de este domingo, quienes serán puestos a disposición de un juzgador.

Advertencia

Además, los agentes policíacos pidieron a las personas a acatar las normas y evitar ser detenidos, tal como ocurrió durante las primeras 12 horas de esta medida que fueron del domingo y lunes donde más de 900 personas fueron capturadas.

Esta medida, según indicó el presidente Alejandro Giammattei, estará vigente durante ocho días, ya que lo que se pretende es evitar un repunte de casos.

Más de 900 capturados en primer día de toque de queda

Durante 12 horas que duró el toque de queda la PNC informó acerca de las detenciones.

Procesos legales

Respecto de las personas que sean capturadas durante el toque de queda llevarán a cabo un proceso legal como en cualquier caso, según indicó Mario Siekavizza, vocero de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Añadió: “Como en cualquier proceso penal, el juez o jueza les hará saber el motivo de detención y escucharlos en audiencia de primera declaración. Se resolverá si se incurrió en falta o delito”.

Tome en cuenta

Estas son las medidas establecidas por el Ejecutivo por el toque de queda

  • Se limita el derecho de locomoción conforme las estrictas disposiciones que establece la ley
  • Se podrá cambiar o mantener la residencia de las personas en los lugares afectados o con riesgo de serlo y  su traslado sanitario a los lugares establecidos por el ente de Salud. En caso que la situación requiera ampliar la restricción será informadas por disposición presidencial.
  • El Ministerio de Salud limitará el ingreso a los lugares que se informen, fijando los cordones sanitarios dictados por el presidente de la República.
  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social como ente rector de la salud de Guatemala, deberá ejecutar todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al plan de contención y respuesta del COVID-19.
  • Se limita la libertad de locomoción a los habitantes de Guatemala, limitación que incluye el tránsito vehicular y de personas, entre las 16:00 y las 4:00 del día siguiente. Estará vigente del domingo 22 de marzo hasta el domingo 29 de marzo.
  • Se impide la entrada y salida de personas al territorio de la República de Guatemala.

Las excepciones

Las personas que están exentas de estas restricciones son:

  • Funcionarios y empleados públicos del Estado y particulares
  • Personal y los vehículos de seguridad del Ejército de Guatemala, Policía Nacional Civil y de seguridad privada y Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres.
  • Personal y ambulancias de auxilio y socorro de hospitales nacionales, privados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), Cruz Roja y entidades privadas de salud debidamente identificadas y autorizadas.
  • Personal que preste servicio de entrega a domicilio de artículos de primera necesidad.
  • El personal y vehículos con identificación diplomática. Así como los encargados de repatriar guatemaltecos.
  • El personal que conduzca los vehículos con placas oficiales del gobierno.
  • Personal y vehículos de Provial y de la Dirección
  • general de transporte extraurbano.

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