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Foto ilustrativa de archivo.

VIDEO | Policía inicia patrullajes ante inicio del tercer día de toque de queda

Más de 1 mil 600 capturados registró la PNC en los primeros dos días de esta medida, así fue el anuncio hoy:

A partir de las 16:00 dio inicio el tercer día de toque de queda en el país en donde las fuerzas de seguridad activaron su plan de patrullajes para establecer que no existan personas en la vía pública.

En los dos primeros días de esta disposición del Gobierno de Guatemala para reducir el riesgo de contagios de coronavirus COVID-19, la Policía Nacional Civil (PNC) registró más de 1 mil 600 capturas.

Guatemaltecos vuelven a casa en tercer día de toque de queda

Según la entidad, el domingo fueron detenidas 900 personas, mientras que el lunes 700, por lo que se hizo el llamado a los guatemaltecos a acatar las órdenes.

Tome en cuenta

Estas son las medidas establecidas por el Ejecutivo por el toque de queda

  • Se limita el derecho de locomoción conforme las estrictas disposiciones que establece la ley
  • Se podrá cambiar o mantener la residencia de las personas en los lugares afectados o con riesgo de serlo y  su traslado sanitario a los lugares establecidos por el ente de Salud. En caso que la situación requiera ampliar la restricción será informadas por disposición presidencial.
  • El Ministerio de Salud limitará el ingreso a los lugares que se informen, fijando los cordones sanitarios dictados por el presidente de la República.
  • El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social como ente rector de la salud de Guatemala, deberá ejecutar todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al plan de contención y respuesta del COVID-19.
  • Se limita la libertad de locomoción a los habitantes de Guatemala, limitación que incluye el tránsito vehicular y de personas, entre las 16:00 y las 4:00 del día siguiente. Estará vigente del domingo 22 de marzo hasta el domingo 29 de marzo.
  • Se impide la entrada y salida de personas al territorio de la República de Guatemala.

Las excepciones

Las personas que están exentas de estas restricciones son:

  • Funcionarios y empleados públicos del Estado y particulares
  • Personal y los vehículos de seguridad del Ejército de Guatemala, Policía Nacional Civil y de seguridad privada y Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres.
  • Personal y ambulancias de auxilio y socorro de hospitales nacionales, privados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), Cruz Roja y entidades privadas de salud debidamente identificadas y autorizadas.
  • Personal que preste servicio de entrega a domicilio de artículos de primera necesidad.
  • El personal y vehículos con identificación diplomática. Así como los encargados de repatriar guatemaltecos.
  • El personal que conduzca los vehículos con placas oficiales del gobierno.
  • Personal y vehículos de Provial y de la Dirección
  • general de transporte extraurbano.

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