28 marzo, 2024 | 3:07 am
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Caso “Fénix”: Magistrados de la Cámara Penal piden el expediente

Magistrados suplentes que integraron la Sala Segunda de Mayor Riesgo anularon el proceso en contra de personas y empresas vinculadas al caso.

El expediente que contiene el caso que se conoce como “Fénix” deberá ser trasladado a los magistrados que integran la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Como parte del trámite de un recurso de casación que planteó la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP), los juzgadores buscan conocer los antecedentes del referido proceso penal.

El órgano encargado de la persecución penal pretende con esa acción legal que se revoque un fallo que fue emitido por la Sala Segunda de Mayor Riesgo, integrada por magistrados suplentes.

La sala de apelaciones favoreció a 54 procesados, entre personas y empresas, con la anulación de las actuaciones judiciales.

En ese sentido, la Sala tendrá que trasladar a la Cámara Penal el expediente.

Un artículo del abogado Pedro Amilcar López Cano, que fue publicado por la Revista Jurídica, señala que:

“La casación viene a ser un recurso extraordinario, pues busca la revisión total de las resoluciones, y si es procedente, su anulación y posterior emisión con sujeción al derecho”.

Además, el autor señala en la nota que:

“Con el planteamiento del recurso se debe demostrar y reparar los errores cometidos en las resoluciones precedentes, tales como los errores in procedendo –expresión del latín que significa: en el procedimiento– y los errores in iudicando –expresión del latín que significa: de fondo–”.

Es decir, que para la Fiscalía existe uno o varios errores en la resolución con la cual se anuló el proceso que se desarrolla por el caso “Fénix”.

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Magistrados suplentes

La Sala Segunda de Mayor Riesgo, también integrada por magistrados suplentes, anuló el proceso penal que se sigue en contra del exdiputado Armando Escribá.

El excongresista es vinculado al caso “Construcción y corrupción”.

Sin embargo, la Cámara Penal anuló la decisión porque esa instancia no tenía competencia para emitir un fallo acerca de lo que requirió Escribá.

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