La Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies) emitió un pronunciamiento con respecto al artículo 85 del Decreto 27-2025, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2026, que en días recientes ha generado una serie de comentarios de parte de diferentes sectores.
Por medio de un comunicado, el centro de pensamiento expresó su preocupación por la redacción y los alcances del referido artículo, que se refiere a la participación financiera y manejo del capital ordinario tipo "C" del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF).
La entidad indicó que reconoce plenamente la facultad de las autoridades políticas para decidir la adhesión del país a organismos financieros internacionales, pues aseguró que esa es una atribución legítima del Gobierno y del Congreso. Sin embargo, indicó que esa decisión debe ejecutarse mediante procedimientos jurídicos claros y técnicamente correctos, especialmente cuando involucra recursos financieros y funciones atribuidas constitucionalmente al Banco de Guatemala (Banguat).
"El artículo 85, tal como fue aprobado, presenta ambigüedades contrarias a una buena técnica legislativa que generan incertidumbre sobre la operación prevista. Su redacción podría interpretarse como una instrucción del Congreso al Banco de Guatemala respecto de cómo administrar las Reservas Monetarias internacionales - atribución que la Constitución confiere exclusivamente a la Junta Monetaria y al propio banco central -, lo cual constituye un precedente inadecuado de interferencia política en las funciones técnicas de un ente autónomo", expresó.
Señala riesgos a la institucionalidad económica
De igual forma, Asies indicó que la formulación del artículo permite lecturas que podrían acercarse a una eventual contravención de la prohibición constitucional d e otorgar financiamiento directo del Banguat al Gobierno Central que, según expuso, se estableció para preservar la estabilidad macroeconómica, evitar presiones inflacionarias y proteger la autonomía del banco central.
En ese sentido, el centro de pensamiento recordó que el procedimiento correcto debió haber iniciado con una consulta formal a la Junta Monetaria. Asimismo, añadió que la falta de ese proceso, sumada a la "redacción confusa" del artículo 85, abre espacio a interpretaciones que ponen en riesgo la institucionalidad económica.



