El Congreso de la República aprobó este martes 27 de octubre de Urgencia Nacional el Decreto 24-2026, Ley Para la Implementación del Sistema Ferroviario que establece un marco legal especial para la implementación del Metroriel, un proyecto de transporte que busca reducir la congestión vehicular, agilizar los tiempos de traslado y mejorar la movilidad en el área metropolitana Guatemala.
Con 134 votos fue aprobada la normativa que establece las disposiciones para desarrollar este sistema de transporte, con el propósito de ofrecer una alternativa de movilidad que contribuya a reducir los tiempos de desplazamiento de miles de guatemaltecos.
"Con la aprobación del Congreso, nos acercamos a hacer realidad un sistema moderno de transporte que transformará la movilidad de miles de guatemaltecos. Estamos construyendo las bases de una Guatemala donde movilizarse sea más rápido, eficiente y digno.", manifestó el Presidente, Bernardo Arévalo a través de una publicación en X.
El Decreto designa a la Empresa Ferrocarriles de Guatemala (Fegua) como la entidad responsable de desarrollar el proyecto en todas sus etapas; desde la planificación hasta la construcción, supervisión, integración de sistemas y puesta en funcionamiento.
Para ello, deberá coordinar acciones con el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan), las municipalidades del área metropolitana y otras instituciones competentes.
El Artículo 4 faculta a Fegua para contratar directamente a una firma o consorcio internacional especializado que se encargue de establecer la Oficina de Gestión Técnica del Proyecto (OGTP). Esta instancia brindará asistencia técnica en la planificación, gestión de riesgos, preparación de procesos de contratación, administración de contratos y ejecución integral del proyecto.
El Decreto también contempla la creación de un régimen especial de contratación para las obras, los bienes, los equipos, la tecnología y los servicios relacionados con el Metroriel. Según lo establecido, estas contrataciones quedarían excluidas de los procedimientos contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92, y se regirían por mecanismos basados en estándares internacionales.
La normativa también contempla la utilización de modelos contractuales internacionales, como los contratos NEC (New Engineering Contract), orientados a fomentar la colaboración entre las partes, identificar anticipadamente los riesgos y prevenir controversias durante la ejecución de las obras.
Financiamiento
En cuanto al financiamiento, Fegua deberá contar con disponibilidad presupuestaria antes de suscribir los contratos correspondientes. Cuando las obligaciones contractuales abarquen varios ejercicios fiscales, los recursos necesarios deberán programarse en los presupuestos respectivos.
El Decreto establece, además, que aspectos como las tarifas, los posibles subsidios, la operación comercial, la regulación y el mantenimiento del sistema deberán definirse mediante los instrumentos legales, regulatorios y contractuales correspondientes.
Con información de Dayana Rashon, Emisoras Unidas 89.7*




