Descanso para empleados públicos el 2 de noviembre
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Empleados públicos tendrán descanso el lunes 2 de noviembre por el Día de los Santos

El Gobierno publicó el acuerdo donde establece que se concede permiso laboral con goce de salario a los servidores públicos que prestan servicios en las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.

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Palacio Nacional de Guatemala., Gobierno de Guatemala
Palacio Nacional de Guatemala. / FOTO: Gobierno de Guatemala

El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, publicó este viernes en el diario oficial el acuerdo gubernativo número 178-2026, por medio del cual se autoriza el descanso para los empleados públicos el próximo lunes 2 de noviembre, en conmemoración del Día de Todos los Santos.

El 1 de noviembre en Guatemala es un día especial en la que las familias recuerdan y honran con amor a sus seres queridos que han fallecido. Es una tradición llena de cultura y sentimiento, en la que se visitan los cementerios, se adornan las tumbas con flores y se comparte el tradicional fiambre.

En el documento difundido, la cartera recordó que dentro de los asuetos con goce de salario establecidos en las leyes vigentes se encuentra la referida fecha, que este año se tendrá en día domingo, por lo que se estimó conveniente tomar esta disposición también para el día siguiente y extender el descanso para los trabajadores.

En ese sentido, se concedió permiso laboral con goce de salario el próximo lunes a las personas que prestan sus servicios en las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.

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Gobierno autoriza permiso laboral con goce de salario para empleados públicos el lunes 2 de noviembre por el Día de Todos los Santos. - DCA

Excepciones para esta disposición

Se exceptúa de la referida disposición a los servidores de las entidades que, en cumplimiento de su Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, gocen el asueto un día distinto a lo indicado. Además, los trabajadores que prestan servicios esenciales o tengan actividades programadas actividades que se consideren impostergables.

"En esos casos, las autoridades nominadoras deberán programar los turnos correspondientes para garantizar la prestación de los servicios", se establece en el acuerdo emitido.

Por aparte, el Ministerio de Trabajo recordó que, como consecuencia del permiso, se considerará la referida fecha como día inhábil para los efectos de cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración pública, salvo la excepción del párrafo segundo del Artículo 2.

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