Por la falta del reglamento de la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, el Departamento de Tránsito aún no desarrolla verificaciones en el transporte pesado y extraurbano para constatar que cuenten con un dispositivo que regule los límites de velocidad y no se excedan de los 80 kilómetros por hora.
Luis Martínez, vocero de dicha institución, dijo que la Ley aprobada en el año 2016 fue modificada al año siguiente, es decir, en el 2017; y desde entonces aún no se les ha dado instrucciones “oficiales” sobre qué aspectos verificar y qué sanciones imponer de existir algún incumplimiento.
PGN recibió propuesta el 28 de febrero
En ese sentido, fue consultado el director de consultoría de la Procuraduría General de la Nación (PGN), José Roca, que dio a conocer que la propuesta de reglamento ya fue ingresada por el ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
El documento será analizado por la PGN para determinar que haya cumplido con la corrección en la redacción, los cuales se hicieron ver el año pasado.
Roca comentó que consideran tener una respuesta el próximo martes sobre el análisis, y agregó que, de no existir incumplimientos, el reglamento tendrá el visto bueno de la Procuraduría.
José Roca, director de Consultoría de la PGN, dijo que el 28 de febrero ingresó la propuesta al reglamento de la Ley para el Fortalecimiento de Seguridad Vial, y consideran que a más tardar el martes finalizará el análisis.
Vía: @MiguelVasquezEU. pic.twitter.com/ZZcdhg21tK
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) 2 de marzo de 2018
Con información del periodista Miguel Vásquez