La Secretaría Presidencial de la Mujer (Seprem) consideró este 3 de julio como un retroceso un fallo judicial que permite que sean reducidas las penas por feminicidio en Guatemala.
El pasado 27 de junio la Corte de Constitucionalidad (CC), declaró inconstitucional parcialmente el artículo 6 de la “Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer” que reza: “y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo”.
Esa resolución avala la reducción de las sentencias que sean emitidas por feminicidio, lo cual, de acuerdo con la Seprem “constituye un retroceso en la comprensión y sanción de la violencia de género”.
“La no reducción de la pena a quien resulte condenado por femicidio, no se relaciona con su derecho a rehabilitación y educación”, argumentó en un pronunciamiento.
La @SEPREMGUATEMALA por medio de un comunicado manifiesta su "preocupación" por la decisión de la @CC_Guatemala que declara inconstitucional, parcialmente, el artículo 6 de la Ley contra el Femicidio. pic.twitter.com/MH6hnW2qtP
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) July 3, 2018
La Seprem advirtió que espera que la resolución de la CC no sea un pretexto para que los asesinatos de mujeres queden en la impunidad en Guatemala.
Según la legislación guatemalteca, la pena máxima por asesinatos de mujeres es de 50 años de prisión.
El fallo del máximo tribunal del país se produjo tras una acción de inconstitucionalidad general parcial promovida por Manuel Alberto Chinchilla Solís y Ethel Katherine Girón Reyes contra esa frase contenida en el artículo 6 de la “Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer”.
Según los datos de ONU Mujeres, divulgados el año pasado, Guatemala está entre los cinco países con cifras más alta de violencia contra la mujer y solo entre los meses de enero y octubre de 2017 fueron asesinadas 877 mujeres, de acuerdo al Ministerio Público.