19 abril, 2024 | 5:34 am
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Nacionales/ Programa

¿Puede Iván Velásquez ingresar al país? Esto dicen abogados constitucionalistas

La resolución es una banderita blanca… una tregua… un compás de espera en esta tensión, que cada vez se vuelve más impredecible.

El programa A Primera Hora contactó por la vía telefónica a tres abogados constitucionalistas, quienes hicieron un análisis de la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) que ordena al presidente Jimmy Morales no prohibir el ingreso del jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) siempre y cuando se agote el diálogo con Naciones Unidas.

Los abogados constitucionalistas son Luis Fernández Molina, Mario Fuentes Destarac y Elvyn Díaz. Los dos primeros señalan que hay ambigüedades en el fallo, y que los magistrados constitucionalistas deben aclarar qué es lo que procede hacer con el comisionado.

El tercero, opina que todo es claro: “Aun cuando se esté dialogando un conflicto (entre el Gobierno y la ONU), el Comisionado puede ingresar. La resolución no subordina o condiciona el ingreso de Iván Velásquez al país, a que se resuelva el conflicto. Esto está claro en el fallo”.

Luis Fernández Molina

Creo que la resolución es una banderita blanca… una tregua… un compás de espera en esta tensión, que cada vez se vuelve más impredecible.

Es un buen gesto de la CC. Es más de tipo diplomático interno. Parece que fuera redactada más por diplomáticos, no por juristas. Es un buen mensaje que envía como un llamado a la reflexión, a la tregua.

Sin embargo, hay que ver dos mensajes subliminales… como aquellos chivos que se dan para los exámenes, que hay que saberlos entender para apaciguar este problema de mucha polarización.

Cuando uno lee los considerandos, casi creería que se permite de inmediato el ingreso de Iván Velásquez al país, pero no lo dice así. Dice que se va a otorgar el amparo provisional para que el Presidente agote la vía de negociación para alcanzar el diálogo con la ONU, que permita el ingreso de un comisionado o comisionada…  aquí están los dos mensajitos.

Se lee que no se ha hecho nada en agotar esa vía: el diálogo. Entonces, al Gobierno le ordena dialogar y el mensaje para la ONU es: Pongan a una mujer.

Según la resolución no puede entrar Iván Velásquez porque no se ha agotado la negociación y no se ha agotado si es él o una mujer.

Los fallos de CC son inapelables, ¿podría el Gobierno presentar un recurso de ampliación?

Si se pueden plantear, y seguramente lo plantearan, para que la CC especifique lo que resolvió. Es una resolución a la familia de lo gallo gallina; dice, pero interprete. La magistrada dice que puede entrar pero respetando el acuerdo. El acuerdo dice que cualquier  controversia debe resolverse de acuerdo al mandato.

Entonces no puede entrar, porque no se han resuelto algunas controversias. Al gobierno le dice, agote el dialogo y a la ONU, cambie al comisionado.

Señala otro aspecto Pacta sunt servanda … (en el sentido latino: ‘lo pactado obliga). Es decir, Guatemala celebró un acuerdo con la ONU y debe cumplir como se firmó. La CC le recuerda al Congreso que fueron ellos los que ratificaron el acuerdo. El Congreso es permanente, cambia personas, pero como institución, sigue siendo la misma.

Ordenar el ingreso sería una provocación la guinda que encendería la pólvora que está regada

Se habla de que la gobernabilidad es lo que más preocupa, de apología llamar al presidente a no acatar el fallo, de decretar estado de sitio, ¿qué opinión le merece?

Cualquiera de esas recomendaciones al Presidente, es un llamado a romper el orden constitucional, que no viene al caso. La alteración del orden… desobediencia, no entremos a eso. No creo que el Presidente vaya a desobedecer esta resolución, por la misma naturaleza de la resolución. En ningún lugar dice Iván Velásquez Gómez, dice comisionado o comisionada.

Mario Fuentes Destarac

Es muy confuso lo que está señalando la CC, porque una cosa es lo que dice el fallo y otra lo que se interpreta. Siguen existiendo las dudas de  por qué no ponen el nombre del comisionado que ha mantenido el secretario de la ONU y lo dejan como dice el acuerdo de Cicig.

Eso ha llamado a una ambigüedad y la CC debería ser más precisa y clara en cuanto a si es específicamente la persona que está designada o si hay un proceso para designar a otra persona.

Hay una diferenciación entre los diferentes puntos resolutivos, no son puntos que estén vinculados. La CC hace muy mal con emitir resoluciones que se dejan a la interpretación. Procede una solicitud de aclaración para que diga claramente qué es lo que debe proceder.

Es una resolución ambigua… lamentable. Esas resoluciones deberían ser precisas y claras.

El tema sigue siendo esa ambigüedad. No se personaliza al Comisionado y entonces no se puede decir a ciencia cierta de que el comisionado actual sea el que ingrese al país. La resolución es objeto de interpretación, puede haber otras interpretaciones. Si no lo quiere hacer, por razones de tipo político, quedará esa ambigüedad sujeta a la interpretación de todos los actores.

¿Crisis con estado de sitio?

Esto se trata de una crisis jurídico política que tampoco es el fin del mundo como para decretar estado de sitio. Ojalá se pueda arreglar todo a través de una negociación. Esto está causando tensiones y esta falta de certeza jurídica hace que la situación se ponga más complicada.

Exhorto a la necesidad de retomar el diálogo y las negociaciones, que no se personalicen los conflictos. No me gusta la debilitación de la institucionalidad democrática. Los enemigos de la democracia puedan aprovecharlo debilitar más la situación.

Elvyn Díaz

Me parece que es una resolución que para los abogados es confusa… no me imagino cómo queda para quienes no saben de Derecho.

Hay que analizarla en su contexto. La controversia de resolverse consideranto el artículo 12 del mandato de Cicig; sin embargo, se solicitó una protección para el comisionado. No se quiere personalizar la figura, sino proteger al cargo.

No subordina el comisionado a una comisionada. A Iván Velásquez lo confirmo la ONU, la protección está garantizada. Aún cuando se esté dialogando el conflicto, el comisionado Velásquez puede ingresar. No subordina o condiciona el ingreso a que se resuelva el conflicto. Esto está claro en el fallo.

El Ejecutivo podría presentar un recurso de ampliación

A todas luces, es lo que procede. Prácticamente la resolución no transmite claridad en algunos pasajes. No quiero pensar, pero es obvio que se puede interpretar, es un recurso que no suspende la protección lograda.

Es una pregunta concreta la que hay que hacer: ¿Iván Velásquez, puede o no puede ingresar al país? Algunos pensamos que si puede, otros que no. Seguramente el Gobierno presentará sus planteamientos, quizá con otro fin, de atrasar este proceso.

Parece que no se ha resuelto la crisis generada por el Gobierno. Me parece que la CC está dejando de personalizar el cargo y están protegiendo al que está nombrado. Mientras se resuelve la controversia, el comisionado nombrado puede ingresar al país.

Salvo que la ONU diga lo contrario, el comisionado de Cicig hoy, sigue siendo Iván Velásquez.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

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