La Cámara Guatemalteca de Periodismo rechaza el proyecto de ley que pretende sancionar con cárcel a quienes critiquen a políticos, diputados o personas electas.
Ante ello, solicita a los diputados ponentes desistir del mismo, o en su caso, demanda al Congreso guatemalteco que el referido proyecto de ley sea desestimado o improbado, por contener “notorios vicios de inconstitucionalidad”.
Según la Cámara, “la incorporación de dichos delitos al Código Penal equivaldría a resucitar el delito de desacato, que fue suprimido por la Corte de Constitucionalidad en sentencia de fecha 1 de febrero de 2006”.
Dicha Cámara explica cada una de las dos incorporaciones a los artículos 407 P y 407 Q al Código Penal,
Se pretende crear el delito de “acoso político”
“Por medio del artículo 407 P se propone la creación del delito de acoso político, que sanciona con prisión, multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos a quien realice actos de presión, persecución y hostigamiento a las personas postulantes o electas de la función política durante o después del proceso electoral por cualquier medio de difusión o plataforma digital con la finalidad de impedir el ejercicio de su derecho político o induzca a tomar decisiones en función de su cargo en contra de su voluntad”, dice la Cámara Guatemalteca de Periodismo.