Cámara de Periodismo pide desestimar propuesta de reforma al Código Penal
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Cámara Guatemalteca de Periodismo pide desestimar propuesta de reforma al Código Penal

Dicha Cámara explica cada una de las dos incorporaciones a los artículos 407 P y 407 Q al Código Penal,

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Foto archivo Emisoras Unidas
Congreso guatemalteco / FOTO:

La Cámara Guatemalteca de Periodismo rechaza el proyecto de ley que pretende sancionar con cárcel a quienes critiquen a políticos, diputados o personas electas.

Ante ello, solicita a los diputados ponentes desistir del mismo, o en su caso, demanda al Congreso guatemalteco que el referido proyecto de ley sea desestimado o improbado, por contener “notorios vicios de inconstitucionalidad”.

Según la Cámara, “la incorporación de dichos delitos al Código Penal equivaldría a resucitar el delito de desacato, que fue suprimido por la Corte de Constitucionalidad en sentencia de fecha 1 de febrero de 2006”.

Dicha Cámara explica cada una de las dos incorporaciones a los artículos 407 P y 407 Q al Código Penal,

Se pretende crear el delito de “acoso político”  

“Por medio del artículo 407 P se propone la creación del delito de acoso político, que sanciona con prisión, multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos a quien realice actos de presión, persecución y hostigamiento a las personas postulantes o electas de la función política durante o después del proceso electoral por cualquier medio de difusión o plataforma digital con la finalidad de impedir el ejercicio de su derecho político o induzca a tomar decisiones en función de su cargo en contra de su voluntad”, dice la Cámara Guatemalteca de Periodismo.

Se contempla el delito de violencia política

La Cámara explica con relación al artículo 407 Q lo siguiente: “A través del artículo 407 Q se propone la creación del delito de violencia política, mediante el cual se sanciona con prisión, multa e inhabilitación de ejercer cargos públicos a quien realice una agresión física o psicológica o cualquier otro tipo de coacción, contra los postulantes o personas electas de la función política, durante o después del proceso electoral, con el fin de suspender, menoscabar u obstaculizar el ejercicio de sus derechos políticos, mandato o función”.

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