El procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas, aseguró hoy que ninguna empresa puede comercializar datos personales para no incurrir en la violación del derecho a la vida privada.
“Ninguna empresas puede comercializar datos sin el consentimiento del titular de la información porque al hacerlo puede incurrir en la violación del derecho humano a la autodeterminación, a la vida privada, la dignidad, al honor y a la intimidad”, enfatizó con motivo de conmemorarse el Día Internacional de la Protección de Datos.
Asimismo, recordó que la celebración de este día fue impulsada por el Consejo de Europa con motivo del aniversario, el 28 de enero de 1981, del Convenio para la Protección de las Personas con Respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.
Según el Ombudsman, el Artículo 31 de la Constitución Política de Guatemala establece que toda persona tiene derecho a conocer de lo que de ella conste en archivos, fichas o registros estatales y la finalidad a la que se dedica la información.
En 2015, dijo, la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió que la comercialización de información de datos de una persona debe encontrarse sujeta a que ésta sea proporcionada voluntariamente y que se resguarden sus derechos.