Integrantes del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon) señalaron en una conferencia de prensa supuestas contradicciones y abusos por parte de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) en resoluciones en casos específicos.
La entidad elaboró el documento denominado “La Corte de Constitucionalidad, límites, funciones y la responsabilidad de los magistrados”, en el que estudian el comportamiento de algunos togados.
En el estudio se confrontan expedientes en los que a su consideración los magistrados “han actuado de forma totalmente contradictoria y en abuso del encargo de defensa del orden constitucional”.
#EUDepartamentales
Incautan auto, dinero y armas en casa del alcalde capturado de Nueva Concepciónhttps://t.co/Nsk5ph7cJA pic.twitter.com/KMcr5PKMc8— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) October 30, 2019
Casos específicos
Stuardo Ralón, presidente de la Junta Directiva del Cedecon, expuso tres casos específicos en los que, según su análisis, hay contradicciones.
Uno de estos se refiere a los expedientes acumulados en 2017 y uno simple, del mismo año, referente a proyectos de hidroeléctricas; el primero resolvía que las empresas podían continuar operaciones, mientras obligó al Ministerio de Energía a llevar a cabo las consultas comunitarias, en tanto que el segundo resolvió paralizar operaciones en lo que el Ministerio en mención hacía la consulta.
Ralón también especificó la suspensión la normativa de trabajo parcial, pues indicó que en un expediente se resolvió tal extremo, mientras que en otro se resolvió respetar los compromisos internacionales.
Artículo muerto de la Constitución
También se hizo referencia a un artículo “pétreo” (muerto) de la Constitución, que se interpretó de una forma para “suspender las aspiraciones de una candidata presidencial”, pero se utilizó de otra ampliar las funciones de magistrados de la CSJ mientras se elige a sustitutos.
Al buscar una postura de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad sobre estos señalamientos, únicamente se respondió que los fundamentos de las resoluciones siempre están basados en la Constitución, más no en criterios personales que beneficien o perjudiquen a algún sector.
Con información de Daniel Tzoc