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Comisión de Asuntos de Seguridad emite dictamen favorable a “ley antipandillas”

La propuesta de ley promovida por el Ejecutiva fue enviada a tres comisiones de trabajo del Congreso para su dictamen.

Esta es la tercer sala legislativa que ha dado dictamen favorable a la propuesta de ley enviada por el presidente Alejandro Giammattei, la cual busca declarar a las maras como terroristas.

Los diputados de las tres comisiones; de Gobernación, la Defensa y Asuntos de Seguridad Nacional, analizaron y dieron dictamen favorable a la iniciativa, la cual les fue enviada hace poco más de un mes, a finales de enero.

La más reciente en emitir su postura técnica ha sido la de Asuntos de Seguridad Nacional. El presidente de la sala, Óscar Argueta, detalló que en su caso proponen que se agrave la pena de prisión a quien pertenezca a una pandilla.

Además se contempla incluir un presupuesto de Q200 millones para la compra de armamento y equipo, los cuales serían utilizado para combatir a las organizaciones delictivas catagorizadas como maras. Aquí puede leer su contenido: Dictamen. 

La Comisión de Gobernación

En el caso de la Comisión de Gobernación propone que los pandilleros sean identificados por su forma de hablar y con quienes se agrupen para la comisión de delitos. Así fue a dado a conocer el día 7 de marzo, el viernes de la semana pasada.

Su presidente, Sergio Arana, explicó que contrario a las otras salas legislativas, no reformaron la ley contra el crimen organizado y únicamente se enfocaron en el Código Penal.

El documento presentado propone reformar el artículo 391 bis del Código Penal, “De las agrupaciones delictivas denominadas pandillas, maras, clicas o crimen organizado”, se podrán “caracterizar” por los siguientes elementos:

“Ley antimaras”: Comisión de Gobernación propone identificar a pandilleros por su forma de hablar

La de Defensa

La sala de la Defensa Nacional presentó reformas al Código Penal y estimaron que los pandilleros no serían declarados como terroristas. En cambio, la comisión busca que se definan a las maras o pandillas como grupos delictivos organizados u organizaciones criminales.

Según el artículo 1 propuesto, que reforma el 391 del Código Penal, ahí estarían siendo clasificados “quien, con el propósito de atentar contra el orden constitucional o de alterar el orden público, coacciones a otros a ejecutar o ejecutare actos encaminados a provocar incendio o a causar estrago o desastres ferroviarios, marítimos, fluviales o aéreos será sancionado con prisión de cinco a 15 años”.

“Si se empleare materiales explosivos de gran poder destructor para la comisión de este delito o si a consecuencia del mismo resultare la muerte o lesiones graves de una o varias personas, el responsable será sancionado con prisión de 10 a 30 años, más multa de 25 mil a 800 mil dólares de los Estados Unidos”, indica el documento.

El artículo 2, reforma el artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, y establece que se considera grupo delictivo organizado u organización criminal a los grupos conocidos como “maras” o “pandillas” y cualquier otro grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe con el propósito de cometer uno o más delitos.

Aquí puede ver el dictamen-5692. 

Escuche el reporte de Francisco Pérez ▼

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