El Ministerio de Trabajo ha recibido 3,782 solicitudes de suspensión de contratos de trabajo por la emergencia del coronavirus COVID-19.
Esta cifra fue proporcionada el pasado miércoles por autoridades de este ministerio durante una citación en el Congreso de la República, frente ala Comisión de Trabajo, presidida por la diputada Adela Camacho de Torrebiarte.
#EUCoronavirus La comisión de trabajo del @CongresoGuate a cargo de la diputada @adela_tor, lleva a cabo reunión para conocer avances de la aplicación del fondo para la protección de empleos durante la emergencia de la #COVD19. pic.twitter.com/EsD9w2IiS4
— …. (@Congreso_EU) April 22, 2020
Según el reporte de la cartera de Trabajo 1 mil 184 no son válidas debido a que están repetidas.
El resto muestran algún problema por lo que aún están bajo análisis:
- 377 ingresaron con papelería incompleta
- 36 fueron rechazadas
- 70 fueron aceptadas
- 2 mil 598 están siendo analizadas
Rafael Lobos, Ministro de Trabajo, explicó que los préstamos aprobados por el Congreso para beneficiar a los ciudadanos se encuentran en proceso de formación y que en su mayoría podrían estar disponibles los fondos.
Ministerio de Trabajo ha recibido 2 mil 100 solicitudes de suspensión de contratos laborales
La citación tenía como objetivo conocer los avances de la aplicación del fondo para la protección de empleos, que forma parte de los programas generados por el Gobierno para apoyar a la población afectada por las medidas de confinamiento contra el coronavirus.
Suspensión de contratos
Con motivo de las medidas de contención impuestas por el Gobierno central para evitar la propagación del coronavirus COVID-19, se emitió un reglamento para la suspensión temporal de contratos.
El Acuerdo Ministerial 140-2020, en el cual se crea el procedimiento electrónico para el registro, control y autorización de suspensiones de contratos laborales.
UNE: OJ ha recibido 17 mil demandas por despidos durante crisis del coronavirus
Este acuerdo ministerial es de carácter temporal y exclusivo mientras persistan las circunstancias y efectos que se derivan de la pandemia del COVID-19.
Este procedimiento fue publicado el pasado 7 de abril en el Diario de Centroamérica y establece que este se podrá hacer de forma voluntaria, cumpliendo con la legislación vigente ylos principios laborales.
El procedimiento aplica los incisos del Código de Trabajo que establecen esta posibilidad cuando, en la relación de trabajo las dos partes dejan de cumplir con sus obligaciones por una misma causa.