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Nayib Bukele, presidente de El Salvador

Corte Suprema salvadoreña avala la reelección del presidente Bukele

La sala constitucional de la Corte sentenció que "una persona que ejerza la presidencia de la República y no haya sido presidente en el período inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión", dice el fallo dirigido al Tribunal Superior Electoral.

La Corte Suprema de Justicia de El Salvador anunció el viernes que dio luz verde para que el presidente Nayib Bukele pueda postularse a la reelección.

La sala constitucional de la Corte sentenció que “una persona que ejerza la presidencia de la República y no haya sido presidente en el período inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”, dice el fallo dirigido al Tribunal Superior Electoral.

Los magistrados de la Sala Constitucional que reinterpretaron la constitución son los que fueron nombrados el pasado 1 de mayo, luego que la Asamblea Legislativa oficialista destituyó a los cinco magistrados que la conformaban. También fue destituido el Fiscal General Raúl Melara.

La resolución se dio en respuesta a un proceso de “pérdida de derechos de ciudadanía” promovido por el abogado constitucionalista, Salvador Enrique Anaya en febrero pasado, luego que la diputada electa Nanci Díaz, promoviera la reelección presidencial

El abogado Anaya basó su demanda en el artículo 75 de la Constitución que ordena la pérdida de derechos de ciudadano a quienes “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del presidente de la república, o emplee medios directos encaminados a ese fin”.

https://emisorasunidas.com2021/09/01/protestan-el-salvador-derogar-la-ley/

Los anteriores magistrados de la Sala Constitucional sostenían que el artículo 152 prohibía la reelección de quien “haya desempeñado la presidencia de la república por más de seis meses consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del periodo presidencial”.

Lo anterior obligaba a que un presidente esperara dos períodos para postularse nuevamente.

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