La Corte de Constitucionalidad otorgó amparo a prevención este viernes 16 de agosto, para que se pueda cumplir con los plazos encomendados por la Constitución en las Comisiones de Postulación para elección de Magistrados a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Corte de Apelaciones y otros tribunales de igual categoría
El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad conoció el trámite de amparo promovido por el diputado José Chic Cardona, contra las Comisiones de Postulación que presentará la nómina de 26 candidatos para elegir a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y la Comisión de Postulación que presentará la nómina de candidatos para elegir a Magistrados de Cortes de Apelaciones y otros Tribunales de igual categoría, para el período 2024- 2029.
“Ante lo denunciado y la imperiosa necesidad de que se cumpla con los mandatos y plazos encomendados por la Constitución Política de la República de Guatemala y las Leyes del país, es preciso que, por virtud del principio Republicano de Gobierno, que conlleva la obligación de respeto de los plazos de elección y ejercicio de cargos de previsión constitucional, las Comisiones procedan en estricto apego a los plazos que les permitan terminar el cometido que les confió la Constitución y la Ley.”, indica un comunicado de la alta corte difundido a través de redes sociales.
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— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) August 16, 2024
“En consecuencia, este Tribunal dispuso OTORGAR A PREVENCIÓN el amparo provisional solicitado”, indicó la CC, además ordenó a las comisiones de postulación cumplir con los procedimientos, plazos, objetivos y mecanismos correspondientes para llevar a cabo su función en estricta observancia de la Constitución y lo establecido en las leyes, en especial, la Ley de Comisiones de Postulación.
La Corte también ordenó a la comisiones abstenerse de realizar actos e incurrir en omisiones que puedan derivar en el retardo de la entrega, en el tiempo previsto en la Constitución, la nóminas de candidatos para la elección de los Magistrados; así como desempeñar su labor conforme los principios de: transparencia, excelencia profesional, objetividad y publicidad, mandato establecido en el artículo 2 de la Ley de Comisiones de Postulación.
Trabajo de las comisiones de postulación
Las comisiones de postulación deben definir aún la sede para reunirse. También se deberá elaborar el cronograma de trabajo y los instrumentos a utilizar, incluidos el perfil de los aspirantes y la tabla de gradación.
Tras esto, se podrá oficializar la convocatoria de aspirantes, luego correspondería la recepción de expedientes y se pasaría a la revisión respectiva. Esto permitirá definir el listado de aspirantes que cumplieron los requisitos y excluir temporalmente a quienes tuvieron algún pendiente.
A este proceso le sigue la fase de presentación de pruebas de descargo y la verificación de las mismas. Si en caso procede, los profesionales podrán ser reintegrados al proceso. Asimismo, se publicará la lista de candidatos y se abrirá la fase de recepción de “tachas”, luego se conocerán por parte de los comisionados las respectivas respuestas de los señalados y se pasará a evaluar si pueden continuar o no en la contienda.
Al tenerse a los profesionales que siguen como aspirantes, se aplicará la evaluación con la tabla de gradación y se hará después la votación y elaboración de la nómina para que pueda ser trasladada al parlamento.
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* Con información de Dayana Rashon, Emisoras Unidas, 89.7*