La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que a partir de este lunes 17 de marzo será adoptado el Código Único de Identificación (CUI) como Número de Identificación Tributaria (NIT) en sus sistemas informáticos.
En el diario oficial fue publicada hoy la resolución de la entidad número SAT-DSI-393-2025, en la cual se detalla que un dictamen conjunto emitido por las Intendencias de Aduanas, de Asuntos Jurídicos, de Atención al Contribuyente, de Fiscalización y de Recaudación, así como las Gerencias de Informática y de Planificación y Cooperación, al igual que la Secretaría General de manera conjunta opinaron:
"Que es viable la adopción del CUI como NIT, considerando que dicha medida mejora la eficiencia en la gestión de la información tributaria y optimiza la comunicación interinstitucional entre la SAT y otras entidades del Estado".
De igual forma, señalaron que la adopción debe realizarse mediante una armonización informática y de forma progresiva, adaptando los sistemas de la institución para soportar la transición hacia el uso de los dígitos del CUI, garantizando la funcionalidad futura y la preservación de la integridad de los datos.
CUI servirá como NIT en diversos ámbitos
La SAT resolvió emitir las disposiciones administrativas para la armonización del CUI con el NIT en los sistemas informáticos de la institución. En el artículo 1 de la resolución se establece que tal medida se aplicará para todos los contribuyentes, tanto los NIT existentes como los que sean generados a nuevos contribuyentes.
En ese sentido, toda la población mayor de edad podrá implementar una única numeración para utilizarla en todas las relaciones civiles, mercantiles, laborales - patronales, transacciones financieras, notariales, gestiones administrativas y judiciales.
"Asimismo, en toda actuación que se realice ante la Administración Tributaria, en las facturas o cualquier otro documento que se emita de conformidad con las leyes tributarias. Por lo cual, podrán ser identificados en cualquier operación o generación de documentos que se realicen con su CUI en los sistemas de la SAT", se lee en la publicación.
En ese contexto, se instruyó a todos los órganos y dependencias de la Administración Tributaria a efecto de realizar las acciones y adecuaciones de carácter normativo, administrativo y técnico que sean necesarias en el ámbito de su competencia para la adecuada implementación de la armonización del CUI con el NIT.
La SAT informó que la resolución cobrará vigencia de manera inmediata a su publicación, lo que ocurrió hoy, y se hará del conocimiento de los Órganos y Dependencias de la SAT, por los medios que se establezcan, para los efectos correspondientes por conducto de la Intendencia de la Recaudación.