Restricción para el transporte pesado en Semana Santa
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Transporte pesado tiene restricción de movilidad en Semana Santa

A partir del mediodía de este Miércoles Santo entró en vigencia la disposición del Ministerio de Comunicaciones para restringir la circulación del transporte de carga a nivel nacional.

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Foto ilustrativa: Pixabay.com
Transporte pesado en carretera / FOTO:

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) estableció la restricción de movilidad para el transporte de carga en todo el país durante la Semana Santa 2025. La medida entró en vigencia desde las 12:00 horas de este Miércoles Santo.

Días atrás, la referida cartera publicó en el diario oficial el acuerdo ministerial No. 538-2025, en el que se detalla que este tipo de vehículos no podrán circular desde hoy hasta las 24:00 horas del domingo 20 de abril.

La cartera aclaró que, por transporte de carga pesada, se entiende aquel que tenga un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.

La práctica de restringir este tipo de vehículos se implementa año con año para reducir la carga en las diferentes carreteras, tomando en cuenta que el período de Semana Santa es aprovechado por personas nacionales y extranjeras para visitar a familiares, conocer sitios turísticos o participar en actividades religiosas de la temporada.

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En este Miércoles Santo se ah observado alta circulación vehicular en las diferentes carreteras y decenas de personas abordando buses hacia diferentes destinos para aprovechar el descanso en la Semana Mayor.

Excepciones de la restricción

Según la disposición emitida por el CIV, se exceptúan de esta restricción los transportes de carga pesada que trasladan productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados. También quedan fuera de la prohibición para circular las grúas, por tratarse de un equipo de servicio.

En el acuerdo se indica que, dado que es taxativo el listado de transporte de carga pesada que se exceptúan de la restricción, no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes, siendo suficiente presentar la documentación que ampare el traslado de los productos correspondientes.

"Los transportes de carga pesada que trasladen los productos autorizados para circular deberán portar la documentación legal que respalde el traslado de los productos por cada una de sus entregas, o del equipo audiovisual por cada evento autorizado", se detalla.

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