Corte Suprema niega retiro de inmunidad a diputados
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Corte Suprema de Justicia rechaza solicitudes de retiro de inmunidad a diputados

Los señalados integraron la Comisión Permanente que reconoció a Semilla como bancada.

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Sesión en el Congreso de la República., Organismo Legislativo
Sesión en el Congreso de la República. / FOTO: Organismo Legislativo

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó las solicitudes de retiro de inmunidad planteadas en contra de diputados que integraron la Comisión Permanente del Congreso de la República que habían reconocido al Movimiento Semilla como bloque legislativo.

Las acciones contra los parlamentarios fueron presentadas en febrero de 2025 por el Ministerio Público en contra del presidente del Legislativo, Nery Ramos; y otros tres diputados, a quienes señalaron de intentar restituir a los legisladores oficialistas como bancadas, a pesar de resoluciones judiciales que marcan lo contrario.

Los señalados, además de Ramos, son Darwin Lucas, Raúl Solórzano y Juan Carlos Rivera, integrantes de la Comisión Permanente establecida para el segundo período extraordinario 2024-2025, comprendido del 1 de diciembre 2024 al 13 de enero 2025.

El ente investigador manifestó que los parlamentarios incurrieron en ciertas acciones que podrían encuadrarse dentro de los abuso de autoridad, desobediencia e incumplimiento de deberes.

Los integrantes de la Fiscalía de Delitos Administrativos acudieron en ese entonces a la Torre de Tribunales con el fin de presentar las referidas acciones. Esto después de que la Corte de Constitucionalidad (CC) certificó lo conducente a efecto de que se determinara la posible comisión de ilícitos penales por quienes habrían avalado la restitución del bloque Semilla.

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La Corte de Constitucionalidad dio con lugar una apelación presentada por la diputada Andrea Reyes, del Movimiento Semilla.

Origen de denuncia contra diputados

El MP explicó, en su momento, que la solicitud de retiro de derecho del antejuicio contra los parlamentarios se originó  debido a que, en el ejercicio de sus funciones, los legisladores realizaron un acto arbitrario al incumplir lo ordenado por la Corte de Constitucionalidad el tres de abril de 2024.

En esa fecha, la Corte emitió una sentencia en la que conmina al Pleno del Congreso de la República a "ajustar su actuar" a la Constitución Política de la República de Guatemala, a la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, a lo ordenado por dicha Corte, a la situación actual.

"Y, en consecuencia, mientras subsista la resolución judicial que dispuso la suspensión provisional de la inscripción de la persona jurídica del comité para la constitución del partido político Movimiento Semilla", se indicó.

Asimismo, se expuso que, por estos hechos, la Corte de Constitucionalidad certificó lo conducente contra la Comisión Permanente del Congreso contra la que se accionó.

* Con información de Ángel Oliva, Emisoras Unidas 89.7

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