En el Congreso de la República se encuentra en análisis una propuesta de ley que busca regular el retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado en zonas urbanas, con el objetivo de recuperar el espacio público.
La iniciativa 6436 fue presentada por un grupo de más de 15 diputados que representan a las bancadas Valor, Voluntad, Oportunidad y Solidaridad (VOS), Movimiento Semilla, Elefante y Cabal, entre otras.
De acuerdo con registros del Legislativo, el pleno conoció esta propuesta en agosto de 2024, fecha en la cual se gestionó su paso a la Comisión de Asuntos Municipales para su Estudio y la emisión del dictamen correspondiente para que, posteriormente, pueda seguir el proceso respectivo.
Ese organismo señaló que avanzar en una propuesta de este tipo es un paso fundamental para la modernización, bienestar y recuperación del espacio público que, según se detalló, actualmente está "invadido por la contaminación visual".
Acerca de la iniciativa
Los diputados ponentes manifestaron que el retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado es esencial para garantizar la seguridad, mejorar la estética urbana, facilitar el mantenimiento, reducir el impacto ambiental, incrementar el valor inmobiliario y prevenir incendios. Agregaron que es fundamental crear leyes con ese objetivo para abordar de manera efectiva los problemas relacionados con estos cables.
Entre las razones que citaron para hacer referencia a la necesidad de avalar esta normativa, mencionaron aspectos como: establecimiento de responsabilidades claras, estandarización de procedimientos, multas y sanciones, protección de la seguridad pública, mejora del entorno urbano, facilitación de nuevas tecnologías y sostenibilidad y medio ambiente.
La iniciativa cuenta con 10 artículos que definen cómo se estaría manejando el tema del retiro del cableado. En el primero, se indica que el objetivo de la ley es establecer la descontaminación ambiental y visual al ya no existir esas estructuras aéreas de servicios de electricidad y telecomunicaciones que están en mal estado o en desuso en las zonas urbanas del país.
"Con el fin de garantizarle a la población su derecho de vivir en un ambiente sano y equilibrado, según los principios de la Constitución Política de la República de Guatemala", refiere.
Se menciona que las entidades que prestan los servicios de electricidad y telecomunicaciones, así como las entidades proveedoras de infraestructura para este tipo de ámbito, según corresponda, en un plazo no mayor a 12 meses, contados desde la entrada en vigencia del reglamento de esta ley, deberán retirar el cableado aéreo en desuso o en mal estado que se encuentre en las zonas urbanas.
Para hacer la referida movilización de los materiales, no se trasladarán los costos a las tarifas al público consumidor. Y se hará a requerimiento de las Municipalidades de la República de Guatemala.
Asimismo, se prohíbe a todas las entidades que prestan servicios de electricidad y de telecomunicaciones, así como a las entidades proveedoras de infraestructura de este tipo, instalar cableado aéreo cerca de lugares declarados como patrimonio intangible de la nación y patrimonio cultural de la nación, buscando mecanismos actualizados para poder realizar instalaciones modernas de conformidad con la capacidad tecnológica de cada entidad.
De igual forma, se detalla que la vigilancia, supervisión y observación para el retiro del cableado en mal estado o en desuso quedará sujeto a la supervisión del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda y del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.



