La noche de este jueves 12 de febrero se registró un corte de energía eléctrica en el sector del Club La Aurora y sectores aledaños a la zona 13 de la Ciudad de Guatemala, en el momento que se realiza el conteo de votos para la elección de magistrados titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad (CC), por parte del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
Mientras se realizaba el conteo de votos con la presencia de fiscales del Ministerio Público (MP) se registró un apagón, lo que interrumpió el proceso, los agremiados que se encuentran en las cercanías del salón, comenzaron a gritar "Fraude" y "Cuiden las urnas"
El CANG ordenó que se sellaran las bolsas con votos para resguardar la legalidad del proceso.
Previo a que se cortará el suministro de energía eléctrica, la fiscal del Ministerio Público, Leonor Morales Lazo, ordenó requisar a la presidenta del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), Patricia Gámez, para secuestrar su dispositivo Móvil; sin embargo, no contaba con un dispositivo.
La Corte de Constitucionalidad (CC) ante la acción de personal del Ministerio Público (MP) la Elección de Magistrado Titular y Magistrado Suplente de la Corte de Constitucionalidad, designados por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios, llamó a los Fiscales del Ministerio Público, abstenerse de realizar actuaciones que impliquen la interrupción, suspensión, obstaculización o perturbación de las votaciones, el escrutinio y la declaración de resultados del proceso electoral en curso, debiendo permitir que este concluya con normalidad; lo anterior, sin perjuicio de las facultades legales que le corresponde a ese ente investigador, las cuales deberán ejercerse sin afectar la continuidad del acto electoral.
La Corte también indicó que se apercibe a la Junta Directiva y al Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, así como a los agentes fiscales del Ministerio Público que el incumplimiento de lo ordenado podrá dar lugar a las responsabilidades legales correspondientes, sin perjuicio de las demás medidas constitucionales que esta Corte estime necesarias para asegurar la eficacia de los eventos electorales.



