El Decreto 15-2026, conocido como Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, ha sido publicado en el diario oficial tras recibir el aval del Congreso y la sanción del presidente Bernardo Arévalo. La normativa no entrará en vigor de inmediato, sino que establece una ventana de transición antes de sustituir por completo el modelo vigente.
La principal meta de esta nueva ley es proteger la reputación financiera de Guatemala y evitar que el país se incluya en "listas grises" internacionales. Para explicar los detalles, el superintendente de Bancos, Saulo de León, conversó con el programa A Primera Hora de Emisoras Unidas, donde resaltó la importancia del trabajo técnico y la preparación de la institución para cumplir con los nuevos requisitos.
Cronograma y plazos clave para la implementación
De León detalló que el Decreto fue promulgado el 17 de junio y entrará en vigor el 17 de septiembre de este año. Además, la elaboración del reglamento, según la ley, tiene como plazo máximo seis meses a partir de su vigencia, lo que marca marzo de 2027 como una fecha límite. Sin embargo, la Superintendencia de Bancos ya tiene avanzado entre el 75% y 80% del reglamento, y espera presentarlo pocos días después de la entrada en vigor de la ley.
Por otra parte, el Consejo Nacional de Coordinación de Esfuerzos de Lavado Inert (CONCLAFT) deberá reunirse en el primer mes tras la vigencia, es decir, a más tardar el 17 de octubre de este año, para definir la estrategia nacional de prevención y persecución de estos delitos.
Definición de cargos y novedades en la regulación
En los primeros treinta días después de que la ley entre en vigor, la Superintendencia debe emitir una resolución detallada sobre los cargos públicos considerados personas expuestas políticamente (PEP). Según De León, las directrices sobre las PEP ya se utilizan de facto y existe un listado acordado disponible en la web de la Superintendencia, lo que trae certeza tanto a los funcionarios como a los sujetos obligados.
Colaboración con notarios y otros sectores
El proceso de discusión con la junta directiva del Colegio de Abogados busca incorporar detalles en los reglamentos que brinden certeza jurídica a los notarios sobre sus nuevas obligaciones. De León manifestó que la función notarial, por naturaleza, exige la identificación de partes en los contratos, acción que se fortalecerá para orientar la prevención y proteger la actuación legítima de los notarios.
En días recientes, una misión de alto nivel capacitó estratégicamente a instituciones guatemaltecas, llegando a noventa representantes de cuarenta y ocho entidades tanto públicas como privadas. Estos avances muestran la anticipación y preparación de la Superintendencia ante la implementación de la ley.
Obstáculos y sectores incorporados a la supervisión
De León subrayó que la nueva ley ofrece herramientas renovadas para prevenir el lavado de dinero que antes no existían debido a la falta de obligaciones claras. Se incorporan como sujetos obligados a los proveedores de servicios directivos virtuales, incluidos los relacionados con criptomonedas y el ciberespacio, así como a los juegos de azar, bingos, loterías y apuestas. Estas entidades deberán identificar a sus clientes y monitorear las transacciones en efectivo.
La integración de los notarios contribuirá a incrementar la consciencia sobre la importancia de conocer a los clientes y actuar con precaución.
Mejoras en los procesos de monitoreo e inteligencia
La ley contempla nuevos mecanismos de monitoreo y reportes, permitiendo asesorar con mayor alcance a las investigaciones del Ministerio Público. De acuerdo con el superintendente, la IVE emitirá informes de inteligencia, sirviendo como insumos para que el Ministerio Público persiga delitos de lavado de dinero con mayores herramientas.





