Con respecto a la no renovación de visas del personal de la Comisión internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), la fiscal general, Consuelo Porras, aseguró que en ese caso el afectado puede actuar por la vía del amparo o hacer uso de la Ley de lo Contencioso Administrativo.
“Nuestro ordenamiento jurídico guatemalteco otorga la herramienta correspondiente en el momento en que una persona se le esté vede un derecho, como de renovar su visa tiene dos mecanismos ante ese agravio”, señaló Porras.
Las declaraciones de la jefa del Ministerio Público se dieron durante una conferencia de prensa luego de la presentación del informe de labores de la Comisión Internacional.
Estos son los dos mecanismos que menciona la fiscal Porras
Vía del amparo: para que se le ordene al Ejecutivo que se dé una respuesta
Hacer uso de la Ley de lo Contencioso Administrativo
Porras añade que la Constitución Política de la República de Guatemala “establece los plazos” ante cualquiera de las peticiones, y ya no hay más espera ante dicho plazo, sino que ahora se debe hacer uso de lo que la ley permite para lograr la respuesta.
“La postura del MP será la razonada, que de conformidad con la competencia que nos otorga la Constitución Política de la República de Guatemala y la ley, es la que debemos asumir”, sentencia la funcionaria.
► Así fue el discurso a distancia de Iván Velásquez durante el XI informe de CICIG
Consuelo Porras reitera que Velásquez puede ingresar al país
La fiscal general, Consuelo Porras, reiteró que la prohibición de ingreso al país al comisionado Iván Velásquez “ha dejado de surtir efectos”, lo que significa que el jefe de la CICIG puede ingresar a Guatemala.
Fiscal General Consuelo Porras enfatiza “esto es el marco referencial de actuación que todos debemos de cumplir”, al sostener la resolución de la Corte de Constitucionalidad que señala que Iván Velásquez puede ingresar al país. #EUCICIG Vía: @LesterRamirezEU pic.twitter.com/lC7T1MLQ9A
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) 9 de noviembre de 2018
Porras añadió que lo expuesto es con base a la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) de fecha 19 de septiembre del 2018, luego de que la máxima corte resolviera el acto reclamado ante el amparo y el cual recibió el otorgamiento, lo que significa que quedó sin efecto la prohibición de ingreso al país que se le había hecho al Comisionado.
“Dicha resolución está vigente”, añadió Porras.
Con información del periodista Lester Ramírez / Fotografías Herlindo Zet
https://soundcloud.com/user-642794698/reporte-de-juan-carlos-sandoval-fiscal-general-en-el-informe-de-la-cicig