La Fiscal de Distrito de Sololá, Eleonora Castillo informó este domingo que en los allanamientos realizados en los municipios de Nahualá, Santa Catarina Ixtahuacán y Santa Lucía Utatlán en Sololá, localizaron armas de fuego y bombas artesanales.
Los allanamientos fueron realizados en varios domicilios en los municipios que se encuentran en Estado de Sitio, y en estos incautaron armas de fuego de distintos calibres, mucho de uso específico del estado, diversos teléfonos móviles y hasta el momento van 19 personas aprehendidas, todas de sexo masculino.
Fiscal de Distrito de Sololá, Eleonora Castillo informa de las acciones que realiza el MP de forma interinstitucional luego de establecerse #EstadoDeSitio en tres municipios del departamento.
Asimismo, detalla los primeros resultados. pic.twitter.com/kAnNxbvLiA
— MP de Guatemala (@MPguatemala) May 31, 2020
En las diligencias apoyan agentes fiscales y auxiliares de los departamentos de Chimaltenango, Huehuetenango, Totonicapán Quiché y Quetzaltenango, indicó la fiscal Castillo.
Estado de Sitio
El presidente de la República, Alejandro Giammattei, dio a conocer que se decretó estado de Sitio en los municipios de Sololá: Nahualá, Santa Catarina Ixtahuacán y Santa Lucía Utatlán.
La medida fue tomada debido a una serie de acciones realizadas por habitantes que se ubican en los mencionados sitios las cuales “encuadran en indicios fundados de actos violentos y ataques armados contra particulares o autoridades entre las comunidades” de los mismos, según se indica en el decreto.
Capturan a 19 en las primeras horas del estado de Sitio en tres municipios de Sololá
El pasado 17 de mayo se registró un enfrentamiento entre pobladores de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán que dejó un muerto y una niña herida en momentos en que rige en el país un confinamiento por la pandemia del coronavirus.
En el estadio de Sitio las restricciones que se determinen por las autoridades responsables no podrán ser incompatibles con las obligaciones que impone el derecho internacional en las condiciones siguientes:
- No deben generar discriminación alguna por etnia, sexo, idioma, religión y origen social.
- No generen ninguna limitación para la presentación o interposición de garantías judiciales indispensables.