El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) señaló que se han dado acciones de parte de autoridades locales que violentan abiertamente diferentes derechos constitucionales.
Refirió que diversos concejos municipales, jueces de asuntos municipales, Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, entre otros, han emitido “disposiciones” que van más allá de las establecidas por el Ejecutivo.
Por medio de un comunicado, el sector empresarial destacó que esas acciones atentan contra la libertad de acción y locomoción. Además, van contra la libertad de industria, comercio y trabajo.
“Es importante recordar que los habitantes de la república de Guatemala gozan de una serie de derechos reconocidos por la Constitución, los cuales no pueden ser limitados”, detalla el documento.
Añade que la única manera de que se modifiquen es a través de mecanismos establecidos en la ley, bajo decisiones del Presidente, en consejo de Ministros.
Y aunque resaltó que existe autonomía municipal, la Constitución Política no otorga la facultad a los mencionados actores para limitar los derechos de la población.
“Toda disposición de estas autoridades, que tienda a restringir esos principios, es arbitraria y constituye un abuso en el ejercicio del poder público”, destacó el Cacif.
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Anuncia acciones legales
El sector empresarial destacó que esas “restricciones arbitrarias no pueden admitirse”, ni cualquier acción de las autoridades asumida fuera de su mandato legal.
En ese sentido, anunció que presentará las querellas penales y denuncias que correspondan ante el juez competente y el Ministerio Público.
Ello a fin de sancionar con prisión a los responsables y salvaguardar los derechos constitucionales que les asisten a los guatemaltecos, enfatizó.
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Disposiciones vigentes
En el marco del estado de Calamidad Pública por el Covid-19, el Gobierno emite periódicamente una serie de disposiciones.
Entre las vigentes para esta y la próxima semana se encuentran las siguientes:
- Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas y fermentadas desde las 19:00 horas hasta las 05:00 del día siguiente.
- El consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas en lugares y espacios públicos se encuentra totalmente prohibido.
- La movilidad permitida a nivel nacional será de 04:00 a 21:00 horas.
- Las personas con enfermedades crónicas que asistan a tratamientos pueden movilizarse sin restricciones de horario.
- Las farmacias pueden atender las 24 horas, incluyendo servicio a domicilio.
- Los medios de comunicación, periodistas y repartidores de diarios pueden realizar su labor sin restricciones, si están debidamente identificados.
- Camiones recolectores de basura, transporte de alimentos, agua pura y gas propano, servicios de emergencia y básicos (energía eléctrica, teléfono, agua e internet) tampoco tendrán restricción de horario para circular.
- Los restaurantes prestarán el servicio de alimentos conforme al tablero de alertas sanitarias en el horario determinado en las disposiciones presidenciales.
- El horario laboral de dependencias del Ejecutivo 07:00 a 15:00 horas, mientras que para el sector privado se sugiere que sea de 09:00 a 17:00 horas.
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