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Congreso autoriza la ampliación temporal de la vigencia de los DPI

Los documentos vencidos o próximos a vencer tendrán validez durante todo el 2023.

El Congreso de la República publicó este lunes en el diario oficial el decreto 32-2022, que amplía la vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023 de los Documentos Personales de Identificación (DPI) vencidos o próximos a vencer.

Los diputados aprobaron esta normativa el pasado 2 de junio, con 98 votos favor. Su objetivo es garantizar el derecho humano a la identidad en un contexto complicado económicamente para los guatemaltecos.

Se indicó que la decisión de ampliar la vigencia del documento se tomó ante los efectos económicos derivados de la pandemia y los conflictos geopolíticos internacionales.

Se declaró la validez legal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 de todo DPI que se encuentre comprendido en los siguientes casos:

  • Los que a partir del 1 de enero de 2023 se encuentren vencidos y sus titulares no hayan iniciado con el procedimiento administrativo de renovación ante el Registro Nacional de las Personas.
  • Aquellos que hayan vencido a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Ley sobre DPI

La Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del Documento Personal de Identificación (DPI) establece que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la república, entre otros, el derecho a la seguridad, que implica la seguridad jurídica como parte de la certeza.

“Que significa que el ejercicio de un derecho que ha sido adquirido por un sujeto se encuentre libre y exento de todo peligro, riesgo o daño, de manera cierta, indubitable e infalible”, resalta.

Y añade que por ello se procura, mediante la adopción de una medida temporal, que se permita el cumplimiento efectivo, debido y ágil de la emisión y entrega del DPI a todos los ciudadanos y extranjeros domiciliados.

Se hace referencia también a que el DPI es el único medio legítimo para identificar a una persona, por lo que su vencimiento y el tiempo que transcurra para su reposición no deben constituir un obstáculo que impida, restrinja o dificulte el efectivo ejercicio de los derechos de la persona.

Esto pondría en riesgo su identificación legítima y, en general, se constituiría en forma temporal en un aspecto que prevalecería de forma negativa frente a la condición de ciudadano y persona civilmente hábil para el pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

En ese sentido, la normativa amplía durante el ejercicio fiscal 2023 la validez del DPI, con el objetivo de garantizar la identidad de los titulares en todos los procesos que realicen ante las entidades estatales, judiciales, administrativas, públicas, privadas o de cualquier índole.

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