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Modifican disposiciones para circular en la autopista Palín-Escuintla

Se instalarán estaciones de control de pesaje fijas y operativos de báscula móvil.

El Gobierno, a través del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, confirmó que fueron reformadas las disposiciones con respecto a la circulación de los vehículos en la autopista Palín-Escuintla. Esto se da luego de que finalizó la concesión a la empresa que tuvo a su cargo este tramo en los últimos años.

Por medio del acuerdo ministerial número 452, 2023, publicado este lunes 8 de mayo en el diario oficial, se detalló que en la normativa emitida el pasado 26 de abril se restringió la circulación de los vehículos automotores de carga y sus combinaciones mayores o iguales a seis ejes.

“Sin embargo, se considera necesario readecuar y actualizar dicha disposición en armonía con lo que establece el Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores de Carga, acuerdo gubernativo No. 379-2010 de fecha 23 de diciembre de 2010”, añade.

En ese sentido, se reformó el artículo 1, el cual quedó establecido de la siguiente manera:

“Con el objeto de preservar la vida y la seguridad de los usuarios de la carretera CA-9 Sur “A” tramo Palín-Escuintla, se restringe la circulación de vehículos automotores de carga cuyo peso y dimensiones exceda los límites establecidos en el Reglamento”.

Verificarán peso de vehículos que transitan por la autopista

Para los efectos de control de los límites de pesos y dimensiones referidos, la Dirección General de Caminos deberá instalar, mantener, operar y administrar las actividades del control de pesos y dimensiones de los vehículos a través de Estaciones de Control de pesaje fijas y operativos de báscula móvil.

En ese sentido, los vehículos a los que se les requiera deberán pasar obligatoriamente por las referidas estaciones y al hacerlo el conductor debe presentar su licencia de conducir y la o las tarjetas de circulación, según el tipo de vehículo de que se trate.

En dichas estaciones se les extenderá la boleta de peso correspondiente y, si fuere el caso que un vehículo excediere los límites autorizados, éste no podrá continuar su recorrido ni regresar en tanto bajo su costa y responsabilidad no sea retirado el exceso de carga o corregidas las dimensiones del mismo.

“Se exceptúan el transporte de pasajeros, vehículos de emergencia, seguridad nacional y grúas por ser equipo de servicio”, refiere la normativa.

Agrega que las dependencias que estarán a cargo del control y aplicación de las disposiciones son la Dirección General de Caminos, la Dirección General de Transportes y la Dirección General de Protección y Seguridad Vial (Provial).

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